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Entre Ríos - 29-12-2025 / 11:12
DENUNCIAS INSOSTENIBLES

No existen causales algunas para llevar a Susana Medina a juicio político

No existen causales algunas para llevar a Susana Medina a juicio político
Radio La Voz tuvo la posibilidad de acceder al dictamen de la Comisión de Asuntos Constitucionales, Juicio Político, Poderes y Reglamentos tras haberse dado iniciado al tratamiento de dos expedientes administrativos donde se solicitaba el juicio político contra la doctora Susana Medina, vocal del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos. En el mismo queda demostrado que no hay causales de mal desempeño por parte de la Magistrada.
 
Radio La Voz tuvo la posibilidad de acceder al dictamen de la Comisión de Asuntos Constitucionales, Juicio Político, Poderes y Reglamentos tras haberse dado iniciado al tratamiento de dos expedientes administrativos donde se solicitaba el juicio político contra la doctora Susana Medina, vocal del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos. En el mismo queda demostrado que no hay causales de mal desempeño por parte de la Magistrada.
 
Los Diputados Gabriela Lena, Andrea Zoff, Bruno Sarubi, Julia Calleros, Juan José Bahillo, Fabián Rogel, Silvio Gallay, Gladys Salinas, Laura Stratta, Marcelo López, María Elena Romero, Roque Fleitas, Enrique Cresto, Carolina Streintenberger y Susana Pérez, tras haber recibido los expedientes administrativos Nº 3400 H.C.D caratulado "JACQUEMAIN EUGENIO ALEJANDRO S/ SOLICITUD JUICIO POLITICO PARA SUSANA ESTER MEDINA"; y expediente administrativo N°3432 H.C.D., caratulado "CIAN MARIA FABIANA Y HARARI MARIA VALERIA S/ SOLICITUD JUICIO POLITICO PARA SUSANA ESTER MEDINA", resolvieron rechazar el pedido de juicio político a la doctora Susana Medina por no existir mérito para la acusación.
 
De acuerdo al dictamen, que aún no ha sido firmado, se pudo conocer que los señores legisladores, tras el análisis exhaustivo, integral y razonable de las denuncias promovidas, de los hechos invocados, de la prueba acompañada, "Y ESPECIALMENTE DE LA PRUEBA INEXISTENTE", así como del plexo constitucional, legal, reglamentario y jurisprudencial aplicable, concluyeron "NO ADMITE MATICES NI AMBIGÜEDADES: LAS PRESENTACIONES BAJO EXAMEN NO SOLO CARECEN DE CONTEXTO, SUSTENTO FÁCTICO Y ASIDERO JURÍDICO, SINO QUE CONSTITUYEN UN INTENTO MANIFIESTAMENTE IMPROCEDENTE DE INSTRUMENTALIZAR EL JUICIO POLÍTICO COMO HERRAMIENTA DE PRESIÓN Y PERSECUCIÓN INSTITUCIONAL CONTRA LA INDEPENDENCIA DE UNA JUEZA".
 
Como ya se señalara desde RADIO VOZ y su página web, los legisladores remarcaron que: "LAS IMPUTACIONES FORMULADAS NO DESCRIBEN HECHOS CONCRETOS, NO INDIVIDUALIZAN ACTOS JURÍDICAMENTE REPROCHABLES, NO IDENTIFICAN NORMAS VULNERADAS NI ACREDITAN DAÑO ALGUNO AL SERVICIO DE JUSTICIA", consideraron enfáticamente además que las mismas son "UNA CONSTRUCCIÓN DISCURSIVA ARTIFICIOSA, FRAGMENTARIA Y CONJETURAL, APOYADA EN NOTAS PERIODÍSTICAS, INFERENCIAS SUBJETIVAS Y LECTURAS PARCIALES DEL ORDEN NORMATIVO" que solo intentan desnaturalizar burdamente el instituto del juicio político y lo vacía de su finalidad constitucional, transformándolo en un mecanismo de hostigamiento incompatible con el Estado de Derecho.
 
Para que no quepan dudas de la inexistencia de causales para llevar a la doctora Susana Medina a juicio político, se enfatiza en que el accionar de la misma "NO EXISTE DAÑO INSTITUCIONAL, NO EXISRE AFECTACIÓN DEL SERVICIO DE JUSTICIA, NO EXISTE RETARDO, NEGLIGENCIA, ABANDONO DEL CARGO NI INCUMPLIMIENTO FUNCIONAL ALGUNO".
 
Esto no es una valoración subjetiva de los legisladores, sino que se encuentra objetivamente acreditada mediante informes oficiales, estadísticas funcionales, memorias institucionales y constancias administrativas que dan cuenta de un desempeño regular, continuo y eficiente de la función jurisdiccional por parte de la doctora Susana Medina.
 
Las decisiones del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos en materia de gobierno judicial, organización interna, licencias, comisiones, acuerdos y acordadas son actos institucionales adoptados de manera colegiada, expresión de la voluntad orgánica del cuerpo, por lo que, como señalan los legisladores en su escrito, "PRETENDER ENDILGAR RESPONSABILIDAD INDIVIDUAL POR ACTOS QUE SON, POR DEFINICIÓN, COLEGIADOS E INSTITUCIONALES, REVELA UN DESCONOCIMIENTO INADMISIBILE DEL FUNCIONAMIENTO DEL PODER JUDICIAL Y DE LOS PRINCIPIOS REPUBLICANOS QUE LO SUSTENTAN".
 
En definitiva, las denuncias que han sido examinadas por los legisladores no formulan cargos jurídicos, sino juicios de valor; no acreditan irregularidades, sino sospechas; no aportan pruebas, sino opiniones.
 
Fuente: Radio La Voz
 

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29-12-2025 / 11:12
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El Presupuesto Nacional 2026, sancionado por el Senado en diciembre de 2025, ha generado un fuerte debate sobre la transferencia del feroz ajuste fiscal libertario hacia las provincias. Aunque Javier Milei lo define como un "hito histórico" para consolidar el déficit cero, y el gobernador Rogelio Frigerio lo apoya totalmente, el texto aprobado contiene disposiciones que impactan negativamente en las arcas y responsabilidades provinciales. Los oficialistas Romina Almeida y Joaquín Benegas Lynch, votaron a favor del proyecto de Milei. Adán Bahl, representante de Más para Entre Ríos, votó en contra. El senador peronista por Entre Ríos afirmó que, con el Presupuesto 2026, se perdió la posibilidad de aprobar una Ley "que tienda al desarrollo federal y equilibrado de la Argentina", y advirtió: "Tiene inconsistencias, asigna facultades discrecionales y transfiere a las provincias un ajuste brutal". Nada para celebrar.

¿Cuáles son los puntos clave de cómo este presupuesto traslada el ajuste a las provincias? El principal es la eliminación de Pisos de Inversión (Artículo 30). Hasta la aprobación de este presupuesto, diversas leyes blindaban el presupuesto de sectores estratégicos, obligando a que la inversión subiera si la economía crecía. Con el Artículo 30, estos montos dejan de ser obligatorios y pasan a depender de la discrecionalidad de Milei y de la disponibilidad de recursos bajo la regla de déficit cero. Esto suspende los pisos mínimos de inversión que el Estado Nacional debía garantizar por ley en áreas sensibles. Esto obliga a las provincias a cubrir el bache financiero si desean mantener los estándares previos.

Bahl apuntó que el artículo 30, que sacó recursos del ámbito educativo "elimina una garantía que el Estado le asignó a la Educación. Justamente porque no puede ser la variable de ajuste para un Presupuesto. No fue de un partido, no son montos ideológicos, fue una construcción de más de 20 años para lograr un piso de financiamiento".

En Educación se eliminó la obligación de invertir el 6%$ del PBI, afectando el financiamiento de escuelas técnicas y programas de infraestructura escolar. En Ciencia y Tecnología, se suspenden las metas de incremento progresivo de recursos, dejando estos fondos sujetos a la discrecionalidad de Milei.

Durante las negociaciones, Milei ratificó, y Frigerio aceptó, que, ante la vigencia de ciertas leyes de gasto (como el financiamiento universitario que la oposición logró defender), el Ministerio de Economía deberá reasignar o recortar aproximadamente 7 billones de pesos (0,7%$ del PBI). Gran parte de este ahorro se obtendrá mediante el recorte de transferencias discrecionales (fondos no coparticipables) que la Nación enviaba históricamente a las provincias para obras públicas o asistencia financiera.

En la sesión en el Senado, Bahl explicó: "Nosotros que somos los senadores que representamos a las provincias tenemos que advertir que transfiere a las provincias un ajuste brutal". En ese marco, apuntó: "Cuando se habla del cálculo de recursos. Se incorpora un 5% de crecimiento del PBI, que está representado por el consumo, que explica el 70% de la demanda. Y todos vemos como el consumo está por el piso. El otro elemento es la inversión pública, en un presupuesto sin obras. El otro es la inversión privada, que está ausente en todo el país. El cuarto es el sector externo, que hoy está afectado por el tipo de cambio", indicó. Y agregó: "Estamos perdiendo la oportunidad de tener un presupuesto equilibrado". Y no dibujado.

Además, el Presupuesto 2026 mantiene la presión sobre las provincias que no transfirieron sus cajas jubilatorias a la Nación, como Entre Ríos, limitando los giros de fondos para cubrir sus déficits. A lo que se agrega la Regla del "Déficit Cero". El presupuesto 2026 está diseñado bajo una premisa rígida: cualquier caída en la recaudación debe compensarse con una baja automática del gasto. Esto significa que si las proyecciones de crecimiento (estimado en 5%) no se cumplen, las provincias serán las primeras en ver recortados los fondos que aún dependen de la firma de Milei.



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