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Entre Ríos - 12-12-2025 / 10:12
POR TENER MODIFICACIONES TRIBUTARIAS

Guillermo Michel advirtió que la reforma laboral tiene que arrancar por Diputados

Guillermo Michel advirtió que la reforma laboral tiene que arrancar por Diputados
El legislador entrerriano Guillermo Michel señaló que, al contener modificaciones fiscales, la reforma laboral tiene como cámara de origen Diputados, y no el Senado como pretende el Gobierno Nacional. Del mismo modo se pronunció el socialista Esteban Paulón. Esta atribución se encuentra en el artículo 52 de la Constitución Nacional de Argentina, que establece: "Corresponde a la Cámara de Diputados de la Nación el iniciar las leyes sobre contribuciones y reclutamiento de tropas."
El legislador entrerriano Guillermo Michel señaló que, al contener modificaciones fiscales, la reforma laboral tiene como cámara de origen Diputados, y no el Senado como pretende el Gobierno Nacional. Del mismo modo se pronunció el socialista Esteban Paulón.
 
"El proyecto de reforma laboral incluye un paquete fiscal", destacó Michel en las redes, en alusión al envío al Senado de la iniciativa laboral de Nación.
 
El argumento fue que la reforma contiene modificaciones impositivas y tributarias lo que significa que sería la Cámara de Diputados de la Nación la de "origen", o sea por donde debería comenzar la discusión legislativa.
 
En el mismo sentido se pronunció el diputado socialista por Buenos Aires Esteban Paulón, el que envió una carta documento al Jefe de Gabinete de la Nación, Manuel Adorni, y a la Presidenta del Senado, Victoria Villarruel, para que reenvíen la iniciativa a diputados.
 
"La Constitución es clarísima: todo proyecto tributario debe iniciar en Diputados, y lo laboral también, porque forma parte de los códigos de fondo", sentenció Paulón.
 
La Cámara de Diputados de la Nación Argentina debe tratar primero los proyectos de leyes que creen o modifiquen impuestos (contribuciones) por una disposición expresa de la Constitución Nacional. Esta atribución se encuentra en el artículo 52 de la Constitución Nacional de Argentina, que establece: "Corresponde a la Cámara de Diputados de la Nación el iniciar las leyes sobre contribuciones y reclutamiento de tropas."
 
Este mandato constitucional tiene sus raíces en el sistema republicano y federal, y obedece a razones históricas y de representación:
 
Principio de Representación Popular y Tributación: La Cámara de Diputados representa directamente al pueblo de la Nación y a sus habitantes en proporción a su número. Históricamente, en los sistemas democráticos, la potestad de imponer o modificar tributos (impuestos) se otorgó a la cámara que tiene la representación más directa de los ciudadanos, en cumplimiento del principio de que "no hay tributación sin representación".
 
Origen Histórico: En el derecho constitucional comparado, esta facultad se reservaba típicamente a la cámara baja (la de los comunes o representantes del pueblo), ya que los impuestos afectan directamente el patrimonio de los ciudadanos.
 
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