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Entre Ríos - 07-05-2025 / 11:05
ABSOLVIERON A DOLORES ETCHEVEHERE EN LA CAUSA POR USURPACIÓN DE UNA PROPIEDAD FAMILIAR

La oligarquía robó y mintió, nosotros no, dijo Juan Grabois sobre el fallo que la absolvió

La oligarquía robó y mintió, nosotros no, dijo Juan Grabois sobre el fallo que la absolvió
"Dolores Etchevehere, absuelta. Los Etchevehere de la Sociedad Rural procesados, indagados y llorando. La oligarquía robó y mintió, nosotros no, nosotros hacemos justicia. Seguimos luchando por tierra, techo y trabajo para todos. Volveremos", afirmó Juan Gabrois.
 
"Dolores Etchevehere, absuelta. Los Etchevehere de la Sociedad Rural procesados, indagados y llorando. La oligarquía robó y mintió, nosotros no, nosotros hacemos justicia. Seguimos luchando por tierra, techo y trabajo para todos. Volveremos", afirmó Juan Gabrois.
 
De ese modo, se expresó el dirigente Juan Gabrois sobre el fallo que absolvió a Dolores Etchevehere de la acusación de usurpación que le había iniciado en 2020 la empresa Las Margaritas SA, propietaria de la estancia Casa Grande, en la que figuran como socios su madre, Leonor Barbero Marcial, y sus tres hermanos, Luis Miguel, Arturo Sebastián y Juan Diego Etchevehere.
 
  
Antecedentes
  
A mediados de octubre de 2020, en medio de la pandemia de coronavirus, Dolores Etchevehere, junto a un grupo de militantes del Movimiento de Trabajadores Excluidos (MTE), bajo el ala de Juan Grabois, ingresó a ese campo y allí se profuso fundar el Proyecto Artigas, una iniciativa que se propuso agroecológica sobre la tierra de su familia. La idea no cuajó: fue expulsada de la estancia por la fuerza pública y se le inició causa penal por usurpación.
 
Dolores Etchevehere, la menor del clan familiar que dirigió los destinos de El Diario hasta la muerte del pater familia, Luis Félix Etchevehere, en 2009, se sentará este lunes, en los Tribunales de La Paz, en el banquillo de los acusados en el inicio del juicio oral por el delito de usurpación a partir de una denuncia presentada por sus tres hermanos, Luis Miguel, Arturo Sebastián y Juan Diego Etchevehere, y su madre Leonar María Magdalena Barbero Marcial luego de la intrusión, en plena pandemia de coronavirus, el 15 e octubre de 2020, de la estancia familiar Casa Nueva, en El Quebracho, cerca de Santa Elena, junto a un grupo de militantes del Movimiento de Trabajadores Excluidos (MTE), del dirigente Juan Grabois.
 
Las audiencias en la que Dolores Etchevehere y su abogado, Facundo Taboada, escucharán la acusación fiscal se extenderán hasta el lunes 28, y será el cierre de un larguísimo proceso judicial, pero que tiene como telón de fondo una inacabada pelea familiar por el reparto de la herencia y que desnudó denuncias por supuestos fraudes y vaciamiento de las empresas propiedad de la familia Etchevehere. «Los Etchevehere corruptos» señala Dolores a sus hermanos Luis Miguel, Arturo Sebastián y Juan Diego, con quienes mantiene una disputa desde 2013, cuando presentó la primera denuncia en la Justicia
 
El 6 de diciembre de 2013, el fiscal Ignacio Aramberry elevó al entonces juez de Instrucción Alejandro Grippo la "denuncia presentada por la ciudadana Dolores Etchevehere ante esta Fiscalía a mi cargo": 20 carillas de mucha información que ponía contra las cuerdas a sus tres hermanos, Luis Miguel, Arturo Sebastián y Juan Diego Etchevehere, y a su madre, Leonor María Magdalena Barbero Marcial.
 
El 20 de diciembre de ese año, Dolores Etchevehere ratificó ante el juez Grippo los términos de la denuncia formulada por escrito.
 
Contó de qué modo, con qué maniobras, bajo qué paraguas su familia pretendió cometer una serie de hechos ilícitos en las empresas familiares que tendrían alto impacto social: en 2018, una de las firmas del holding familiar, Sociedad Anónima Entre Ríos (SAER), editora de El Diario, dejó en la calle a 80 trabajadores sin pagarles indemnización, e ingresó en concurso preventivo.
 
Pero esa es otra historia, otra causa.
 
La que sentara en el banquillo a Dolores Etcheehere y a Facundo Taboada se inició aquel 15 de octubre de 2020, un hecho que se contó en cadena nacional por los medios, pero que luego de olvidó.
 
El último punto de inflexión fue la resolución que adoptó en 2023 la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ), cuando rechazó un recurso de queja que había presentado Dolores Etchevehere contra la pretensión del Ministerio Público Fiscal de sentarla en el banquillo de los acusados, acusada del delito de usurpación luego de haber ingresado, y ser posteriormente desalojada, de la estancia Casa Nueva, propiedad de la firma Las Margaritas SA, que dirige su madre Leonor Barbero Marcial. Dolores defendió -y defiende- la toma asegurando tener derechos hereditarios sobre la propiedad, que perteneció a su padre, Luis Félix Etchevehere, quien murió en 2009.
 
En su voto, el vocal Miguel Giorgio sostuvo: «Luce evidente que el fallo cuestionado no constituye una sentencia definitiva ni puede asemejársele a fin de habilitar la pretendida vía, ya que no se vislumbra conculcación alguna a las garantías constitucionales de debido proceso y defensa en juicio como insistentemente postula la defensa. La presente causa se encuentra en estado de remisión a juicio y el hecho intimado no se revela impreciso o defectuoso de manera tal que amerite un tratamiento a priori o ex ante por esta alzada, ya que se cuenta con todas las posibilidades por delante de rebatir los extremos de la acusación en la instancia propia de debate. Allí, en el contradictorio oral y de acuerdo a las prescripciones de nuestro sistema acusatorio, es donde deberán probarse - o no- las circunstancias que conforman la plataforma fáctica atribuida».
 
A su turno, la vocal Claudia Mizawak apuntó: «Contrariamente de lo que expresa la defensa, el hecho expresamente menciona que el medio comisivo para producir el despojo fue la amenaza; siendo la acusación lo suficientemente clara y precisa, describiendo acabadamente las circunstancias de tiempo, modo y lugar. De allí que no se advierte ningún óbice para que los imputados puedan ejercer cabalmente su derecho de defensa durante el contradictorio oral».
 
Y agregó: «Será justamente en el debate, donde el Ministerio Público Fiscal deberá demostrar si la amenaza existió y si el contenido de la misma tiene entidad suficiente para considerarse una conducta de intimidación; en definitiva, si el hecho efectivamente sucedió tal como ha sido descripto y si es pasible de ser subsumido en la figura delictiva seleccionada. Por su parte, la defensa podrá también confrontar la prueba de cargo y a su vez ofrecer la de descargo que considere pertinente a fin de acreditar su teoría del caso».
 
A su vez, el vocal Omar Daniel Carubia, aunque observa críticamente la resolución de la Cámara de Casación, señala que «la queja en examen no formula una crítica fundada de la resolución denegatoria de la concesión de la impugnación extraordinaria y reitera el planteo de cuestiones ya tratadas y resueltas oportunamente por el Tribunal de Juicio y Apelaciones, como así también por la Casación, intentando la defensa refutarlos proponiendo una diferente solución, mas sin exponer razones susceptibles de demostrar que resulten erróneos o arbitrarios y que, en definitiva, su impugnación extraordinaria haya sido mal denegada».
 
 
Por qué la acusan
  
En la imputación, el Ministerio Público Fiscal sostiene que el 15 de octubre de 2020, aproximadamente a las 11, Dolores Etchevehere y Facundo Taboada, junto a un grupo de militantes que respondían al Movimiento de Trabajadores Excluidos (MTE), de Juan Grabois, ingresaron a la estancia exigiéndoles a los empleados que entreguen las llaves de la puerta de ingreso a la casa principal. Precisan que el pedido se lo formularon a la empleada Ramona Rodríguez, a quien además, según la Fiscalía, amenazaron con "que debería retirarse en minutos, en caso de no otorgar las mismas" y que ante su negativa "ingresaron a su vivienda -sita en el mismo establecimiento- y tomaron un grupo de llaves que había colgadas en el comedor del domicilio".
 
Los sucesivos planteos de Dolores Etchevehere han retrasado el inicio del juicio oral en su contra. La mujer fue denunciada por su propia madre, Leonor María Magdalena Barbero Marcial, en calidad de titular de la firma Las Margaritas SA, propietaria de la estancia Casa Nueva. Fue después de la incursión , el 15 de octubre de 2020, a ese campo. Dolores Etchevehere está imputada, junto al abogado Facundoo Taboada, del delito de usurpación.
 
En la audiencia del 28 de junio de 2022 ante el entonces juez de Garantías de La Paz, Walter Carballo, cuando se discutió el pedido de elevación, la Fiscalía peticionó que Dolores sea juzgada por los delitos de usurpación y desobediencia judicial. Entonces, adelantó que en el debate oral y público peticionará una condena de un año de prisión condicional para ella; y también para el abogado Facundo Taboada, quien sólo fue acusado de usurpación. Esa audiencia tardó un año en realizarse: el pedido de remisión a juicio había sido presentado el 4 de junio de 2021.
 
Recién 25 de julio, el juez Carballo elevó a juicio el expediente en el que está imputada Dolores Etchevehere por la ocupación del campo Casa Nueva, en Paraje El Quebracho, propiedad de Las Margaritas SA, hecho ocurrido en octubre de 2020. La decisión fue enviarla a juicio por usurpación pero fue sobreseída por el delito de desobediencia judicial aplicando perspectiva de género: el juez concluyó que la Fiscalía no trató del mismo modo a los hermanos Etchevehere (Luis Miguel, Juan y Sebastián), quienes desoyeron la orden de restricción -no acercamiento al establecimiento- que había dictado el juez subrogante de La Paz, Raúl Flores.
 
La resolución fue apelada por los abogados defensores, Patricio Cozzi, Lisandro Mobilia y Daniela Verón, quienes advirtieron que el magistrado de La Paz incurrió en una contradicción evidente con una decisión de octubre de 2021: entonces el juez les rechazó la recusación planteada contra los fiscales Oscar Sobko por falta de perspectiva de género en la investigación.
 
Así, plantearon temor fundado de pérdida de imparcialidad y lo formularon ante la jueza del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Paraná, María Carolina Castagno. También cuestionaron el no tratamiento al pedido de nulidad del hecho imputado y el rechazo al sobreseimiento. Denunciaron así un "serio menoscabo a dos garantías constitucionales: el derecho de ser juzgado por un juez imparcial y el derecho al doble conforme (una decisión revisada en dos instancias)".
 
El planteo de los defensores de Dolores Etchevehere fue evaluado por la vocal del Tribunal de Juicios y Apelaciones de Paraná, María Carolina Castagno, que el 25 de agosto último lo rechazó.
 
Después, la Cámara de Casación Penal declaró «inadmisible» el recurso que planteo la defensa. Los defensores insistieron con una impugnación extraordinaria, que también tuvo revés en la Casación, y por eso llegaron con un recurso de queja ante la Sala Penal del STJ, que no prosperó.
 
Fuente: Entre Ríos Ahora
 
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08-02-2026 / 19:02
El gobierno de Javier Milei firmó este jueves el acuerdo comercial bilateral entre Argentina y Estados Unidos. Más allá del tono triunfalista del libertario, lo que se conoce hasta ahora del entendimiento exhibe una profunda asimetría entre los beneficios que obtendrán Estados Unidos y las obligaciones estructurales que asume Argentina. El acuerdo implica una reconfiguración de fondo del vínculo económico, político y geopolítico bilateral, con concesiones de largo alcance del lado argentino y beneficios acotados, condicionados y reversibles para el país. Lejos de un "trato entre pares", se consolida una relación semicolonial, en la que Argentina abre su mercado interno, resigna capacidad regulatoria y se alinea estratégicamente y militarmente con Washington.
 
No se trata de un tratado de libre comercio tradicional ni de una ampliación equilibrada del intercambio bilateral. Es la imposición de un corset comercial, regulatorio y tecnológico que restringe severamente la autonomía económica, industrial y científica de la Argentina. Bajo el lenguaje técnico de la "reciprocidad", el acuerdo consagra una construcción profundamente asimétrica. Argentina asume compromisos extensos, detallados y verificables; Estados Unidos conserva márgenes amplios, discrecionales y reversibles. El resultado no es integración, sino subordinación neocolonial del gobierno de Milei para con los EE.UU. de Trump.
 
El mandatario entrerriano Rogelio Frigerio aplaudió rápidamente el acuerdo entre ambos países: "Siempre es una buena noticia avanzar en la integración comercial de nuestro país". "Este acuerdo con EE.UU abre nuevas oportunidades de inversión y financiamiento que desde Entre Ríos podemos aprovechar, y genera grandes expectativas para sectores exportadores clave de nuestra provincia, como el cárnico y el lácteo, entre otros, fundamentales para nuestra economía regional", enfatizó en su cuenta de X. "Hay que seguir por este camino para transformar estas oportunidades en más producción, más empleo y desarrollo", deliró el porteño alcahuete. A dos años de haber asumido, Frigerio sigue sin arrancar. En Entre Ríos, la realidad cotidiana muestra que todo continúa igual: no hay obras estructurales, ni un plan claro de desarrollo económico. Solo se percibe la intención de prenderse de todo lo que diga Milei.
 
Por el contrario, el diputado Guillermo Michel dio detalles de los perjuicios que traería para Entre Ríos el "acuerdo" entre Argentina y Estados Unidos firmado y anunciado por Milei. "Para el mercado avícola, el acuerdo entre USA y Argentina es un simple acuerdo sanitario para que los productores avícolas estadounidenses puedan acceder a nuestro mercado con plazos, condiciones y concesiones difíciles de justificar", expresó.
 
En este sentido apuntó que lo firmado "no es recíproco". "Los productos avícolas argentinos no tendrán mercado adicional (ni mejores condiciones) en EE.UU.", señaló. Por otro lado, indicó que hará bajar los estándares y exigencias del SENASA ante los productos avícolas yanquis. Entonces, el mercado argentino se verá inundado por los productos de USA. En este marco apuntó que el acuerdo sería sanitario y no de libre comercio, lo que le permite a Milei evitar su paso por el Congreso de la Nación.
 
Posteriormente dio cuenta de que en Estados Unidos la "pata muslo" es un producto no muy consumido por lo que lo venderán en Argentina a precios más bajos que la producción nacional. En este contexto criticó a Frigerio por salir a aplaudir el acuerdo. "Antes de opinar livianamente de los temas, Frigerio consulte a los productores entrerrianos y pregúnteles a ellos que opinan", le pidió Michel.
 
Es que el nuevo acuerdo entre Argentina y Estados Unidos, firmado en febrero de 2026, genera alarma por su potencial impacto negativo en la industria local. Se enfatizan críticas sobre la apertura de mercados que favorece solo a productos yanquis, la cesión de controles de calidad y la presión sobre la propiedad intelectual. Los principales puntos de inquietud incluyen:
 

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