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Nacionales - 18-04-2025 / 08:04
PROHIBIDO NOMBRAR JUECES A DEDO: EL FALLO DE RAMOS PADILLA SOBRE LA DESIGNACIÓN DE LIJO Y GARCÍA-MANSILLA LO PUSO LOCO AL LIBERTARIO

La Justicia le bajó el pulgar a los jueces truchos: Milei no puede nombrarlos por decreto porque es inconstitucional

La Justicia le bajó el pulgar a los jueces truchos: Milei no puede nombrarlos por decreto porque es inconstitucional
Un duro mensaje de la justicia a Javier "el Loco" Milei: está prohibido nombrar jueces a dedo. La Justicia le baja el martillo al decreto de Milei y tumban los nombramientos exprés en la Corte. En un fallo destinado a prevenir más avasallamientos del Poder Ejecutivo, el juez Alejo Ramos Padilla estableció que nombrar jueces por decreto es inconstitucional. Lo hizo en la causa por la designación "en comisión" de Ariel Lijo y Manuel García Mansilla en la Corte Suprema. Ni con decretazos ni con malabares legales. La Justicia puso freno a la jugada de Milei para meter a dedo a dos jueces en la Corte Suprema.
Un duro mensaje de la justicia a Javier "el Loco" Milei: está prohibido nombrar jueces a dedo. La Justicia le baja el martillo al decreto de Milei y tumban los nombramientos exprés en la Corte. En un fallo destinado a prevenir más avasallamientos del Poder Ejecutivo, el juez Alejo Ramos Padilla estableció que nombrar jueces por decreto es inconstitucional. Lo hizo en la causa por la designación "en comisión" de Ariel Lijo y Manuel García Mansilla en la Corte Suprema. Ni con decretazos ni con malabares legales. La Justicia puso freno a la jugada de Milei para meter a dedo a dos jueces en la Corte Suprema.
 
El juez federal Ramos Padilla declaró inconstitucional la designación en comisión de Lijo y García Mansilla, una maniobra desesperada de Milei luego de que el Senado le cerrara la puerta en la cara a ambos candidatos. La resolución de Ramos Padilla fue contundente: el artículo 99, inciso 19 de la Constitución no habilita el nombramiento en comisión de jueces del Poder Judicial, mucho menos de la Corte Suprema. En otras palabras, no se puede violar la división de poderes solo porque al Gobierno no le dan los votos en el Senado.
 
La decisión le advierte al Gobierno que hay una sola forma de nombrar jueces supremos --no dos, como ellos sostienen-- y es a propuesta del Poder Ejecutivo pero con el acuerdo de los dos tercios del total de los miembros del Senado. Es un modo de señalarle al Presidente que no debería repetir el mismo camino y aceptar el del debate y el consenso político. Es un mensaje de acá en adelante.
 
Como si fuera poco, Milei ya había tenido que aceptar la renuncia de García Mansilla, quien duró en el cargo menos que una historia de Instagram. Asumió, juró, se paseó por los actos oficiales, firmó 215 fallos y luego presentó su renuncia con una carta más larga que su gestión. Todo esto tras ser rechazado en el Senado.
 
Con esta decisión judicial, se cierra (al menos por ahora) una de las jugadas más polémicas de Milei, que no solo violó la Constitución sino también el sentido común. El juez de La Plata recordó que en los últimos 100 años ningún presidente democrático se animó a semejante despropósito. Ni siquiera los más autoritarios. Milei, por su parte, intentó justificar lo injustificable con una interpretación de la Constitución tan creativa como peligrosa.
 
Ahora la Corte vuelve a quedar con tres integrantes: Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y Carlos Rosenkrantz. Lijo, que nunca llegó a jurar, se atrincheró en su cargo original y hasta pidió licencia extraordinaria, que fue elegantemente rechazada por la Corte. Mientras tanto, el resto del país observa atónito cómo Milei intenta avanzar a fuerza de decretos y se estrella contra la realidad institucional.
 
Milei nombró jueces supremos en comisión con el argumento de que el Senado demoró demasiado el tratamiento de los pliegos y le adjudicó especulaciones políticas. Fue ostensible que quería poner jueces "propios" para que le facilitaran impunidad en hechos de corrupción. El "cualquiercosismo" libertario y la tentativa de colar jueces como si fueran pasantes de verano terminó con un fallo que le devuelve un poco de seriedad al sistema judicial.
 
La Opinión Popular
 

 
EL FALLO DEL JUEZ RAMOS PADILLA SOBRE LA DESIGNACIÓN DE LIJO Y GARCÍA-MANSILLA
 
Un mensaje de la justicia a Milei: nombrar jueces por decreto es inconstitucional
 
El juez demuestra la "inconstitucionalidad" del decreto 137/2025 por el que Milei designó jueces de la Corte en comisión. La Rosada puede apelar.
 
Aunque uno ya renunció y el otro nunca asumió y para ambos sus pliegos fueron rechazados por el Senado, el juez Alejo Ramos Padilla sentenció que la designación por decreto como jueces en comisión de Manuel García-Mansilla y Ariel Lijo es "inconstitucional e inconvencional". Lo hizo en el contexto de un amparo colectivo, impulsado por el CEPIS, Poder Ciudadano, ACIJ, CELS eINECIP y Fernando Cabaleiro, que pedía invalidar el decreto 137/2025 con el que Javier Milei dispuso esos nombramientos y en el que estaba pendiente un fallo sobre la cuestión de fondo.
 
Poner jueces por decreto, señala el fallo de Ramos Padilla, "es violatorio "de la forma republicana de gobierno, de la división de poderes, de la independencia del Poder Judicial y de la garantía del juez imparcial". A la vez deja a salvo, al dar por válidas, las decisiones que tomó García Mansilla en sus 40 días en la Corte: 214 sentencias y más de 30 resoluciones administrativas. Dice que es para evitar "perjuicios innecesarios a los destinatarios de dichas resoluciones y generar un panorama de incertidumbre e inseguridad jurídica".
 
El tribunal le había tomado juramento el 27 de febrero, en un acto secreto, y a partir de ahí participó en los acuerdos. Contra la postura del Gobierno la sentencia dice que la jura no validaba la designación por decreto. La propia Corte lo aclaró en la acordada que rechazó otorgarle licencia como juez federal a Lijo, lo primero que firmó García Mansilla en su breve paso por el tribunal. Fue un modo de sentar posición, lo que llamó la atención porque con las firmas de Horacio Rosatti y Carlos Ronsenkrantz, al ser un asunto de superintendencia, no era necesaria la suya.
 
 
¿Los jueces son empleados? 
  
Milei nombró supremos en comisión con el argumento de que el Senado demoró demasiado el tratamiento de los pliegos y le adjudicó especulaciones políticas. Fue ostensible que quería poner jueces "propios" a como diera lugar. El argumento fue que cuando el artículo 99 inciso 19 de la Constitución dice que el Presidente puede "llenar las vacantes de los empleos, que requieran el acuerdo del Senado, y que ocurran durante su receso, por medio de nombramientos en comisión que expirarán al fin de la próxima Legislatura", el concepto incluye a los magistrados.
 
Pero según Ramos Padilla el Gobierno ignora los pilares de la reforma constitucional de 1994 y dice que después de ella "sólo puede interpretarse válidamente el término empleos a embajadores, ministros plenipotenciarios y otros cargos dependientes exclusivamente del Poder Ejecutivo Nacional, cuyo nombramiento requiere acuerdo del Senado, excluyendo así a los integrantes de un poder independiente del Estado".
 
"Hay una diferencia sustancial entre esos empleos y los integrantes del Poder Judicial. Los primeros dependen del Poder Ejecutivo Nacional e integran la Administración Pública, mientras que los miembros de la Corte Suprema de Justicia de la Nación son la cabeza de otro poder del Estado, que debe mantener independencia del Poder Ejecutivo Nacional para que no se subvierta la división de poderes y el régimen republicano de gobierno", dice el fallo. Plantea que se afectaría no sólo la división de poderes en general sino la que separa al Poder Judicial del Ejecutivo.
 
Y advierte algo señalado por numerosos constitucionalistas: "Este atajo inconstitucional permitiría designar a una misma persona en comisión como miembro de la Corte Suprema cada vez que el Senado entre en receso", "a total discrecionalidad". Esto es más grave, agrega, teniendo en cuenta que el Ejecutivo no tiene plazo para mandar nuevos pliegos al Senado y éste no puede designar por sí mismo sino que hace falta la voluntad de ambos poderes.
 
La clave de lectura que marca de la reforma constitucional de 1994 es que "buscó atenuar el presidencialismo y fortalecer el federalismo, el rol del Congreso y la división de poderes, creando un sistema de nombramiento de magistrados más transparente y consensuado".
 
El Gobierno se corre de esa línea. "La interpretación que permite al Poder Ejecutivo Nacional evadir la necesidad de alcanzar consensos políticos (...)  compromete la estructura del sistema democrático, republicano y federal..." El Poder Ejecutivo, como ya lo hizo ante la medida cautelar que impedía a García Mansilla firmar fallos y a Lijo, jurar, también puede apelar. Habrá que ver si mantienen la pelea.
 
 
En los últimos cien años
  
Tanto en los fundamentos del decreto como en sus presentaciones judiciales, el Gobierno decía que el nombramiento de jueces en comisión era una práctica constitucional habitual. "No existe una práctica constitucional sostenida de nombramientos en comisión de jueces de la Corte Suprema, sino que se trató de una práctica que, luego de la primera década del siglo XX, cayó en desuso respecto de los jueces de la Corte y se tornó directamente inexistente para todos los magistrados tras la reforma constitucional de 1994", refuta Ramos Padilla.
 
En los últimos cien años, precisa, "de los más de 75 magistrados que integraron la Corte Suprema" "sólo uno asumió como juez en comisión mediante decreto dictado por un presidente elegido democráticamente por el voto popular: el Dr. Manuel José García-Mansilla".
 
 
Ni supremos ni jueces inferiores
  
El juez subraya que tanto al interpretar la Constitución actual, las pautas de la Corte y las expresiones de los constituyentes que reformaron la carta magna y establecieron el actual sistema de nombramiento "evidencia que nuestra Constitución solo autoriza la designación de jueces de la Corte Suprema y de los tribunales inferiores a través del mecanismo previsto en el artículo 99, inciso 4 de la Constitución".
 
No hay, dice el juez, un "doble sistema". "Interpretar --afirma-- tal como lo ha hecho el Dr. García-Mansilla que el constituyente tácitamente decidió sostener una práctica que ningún gobierno democrático había utilizado desde el año 1910, y que se vincula a un artículo de la Constitución Nacional que no hace mención ni los jueces ni mucho menos a los miembros de la Corte Suprema, resulta manifiestamente inadmisible".
 
"El nombramiento en comisión del Dr. García-Mansilla y el Dr. Lijo no resulta constitucionalmente válido", concluye Ramos Padilla. También alerta que la falta de certeza sobre cómo deben ser elegidos los supremos "se irradia en cada una de las instituciones del país y afecta el normal funcionamiento del Estado de Derecho". Un sistema de nombramiento de jueces "que garantice la independencia judicial así como la aprobación por parte de una mayoría agravada en el Senado", reitera, es algo acorde a precedentes de la propia Corte y la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
 
 
¿Solo tres supremos?
  
Uno de los argumentos oficiales fue que la Corte no podía funcionar con tres miembros, que quedaría paralizada. Ramos Padilla dice que más allá de que sería recomendable cubrir las vacantes en base a datos del funcionamiento del tribunal "no se observó la paralización de dicho órgano ni una afectación de su correcto funcionamiento".
 
El mismo alto tribunal dijo que puede funcionar con tres integrantes implementando un mecanismo de integración con conjueces en casos donde no se logra mayoría para una decisión. "El nombramiento en comisión del Dr. García-Mansilla resulta más perjudicial para el sistema de administración de justicia, la división de poderes y la independencia judicial que acudir a la designación de conjueces...", dice la sentencia. Aseguró que su decisión "no invade la esfera de ningún otro poder, sino que se trata del ejercicio de la función más esencial que se ha encomendado a los jueces de la Nación: el control de constitucionalidad de los actos de gobierno".
 
La Corte, como quedó claro esta semana, se reúne, delibera y hasta da señales políticas, como lo hizo con la causa Vialidad, donde debe revisar la condena contra Cristina Fernández de Kirchner, un caso donde se verá si dejan el camino despejado para su eventual candidatura o si le obturan se a posibilidad y aumentan las posibilidades de detención. Este martes el tribunal, además, informó que firmó 282 resoluciones.
 
 
¿Y la equidad?
 
Aunque no era parte de la discusión en la causa, Ramos Padilla señala que "no puede dejar de repararse que en tanto se propuso a dos varones como candidatos para integrar una Corte exclusivamente integrada por varones, esa decisión sería contraria también a la obligación del Estado Argentino de adoptar medidas concretas para garantizar la participación igualitaria de las mujeres en todos los niveles de toma de decisiones y las específicas recomendaciones del Comité de la CEDAW".
 
Por Irina Hauser
 
Fuentes: Página 12 y  Agencia Nova
 

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13-12-2025 / 09:12
El proyecto de país que perfila el gobierno anarco capitalista de Javier "el Loco" Milei tomó el aspecto de una sociedad sin derechos organizada por el mercado. El mercado elimina el concepto de soberanía y decidirá quién irá preso y quién se tomará vacaciones. A su vez, el mercado está organizado por una escala jerárquica según el poder económico.
 
O sea: la libertad de los libertarios es como la milanesa tucumana hecha con papel higiénico. Y de postre: inflación. Si alguno pensó que el esfuerzo valía la pena, el 2,5 de inflación -medido por un Indec que todo el mundo sabe trucho-- le dio una mala noticia: se quedó sin trabajo, se quedó sin empresa, y además tiene inflación.
 
En la misma semana asumió Joaquín Mogaburu como subsecretario de Derechos Humanos y se presentó el proyecto de reforma laboral en el Congreso. El nuevo funcionario es un personaje ligado a los represores y da cursos en los cuarteles sobre "memoria completa".
  
Mogaburu aboga por la conciliación y el perdón a los genocidas. El combo es coherente con el protocolo de seguridad que criminalizó la protesta social, el decreto que permitió a las fuerzas armadas intervenir en conflictos internos y la eliminación del derecho a huelga y otros derechos como lo estipula la reforma laboral enviada al Congreso.
 
Durante el mes hubo decenas de actos sobre derechos humanos en centros culturales, casas de la memoria y en plazas de todo el país. Y el jueves se realizó un festival en la Plaza de Mayo encabezado por Madres, Abuelas y el Serpaj de Adolfo Pérez Esquivel. Al mismo tiempo, la CGT anunciaba un acto público para oponerse al proyecto de ley enviado al Congreso.
 
No hay derechos humanos y no hay derechos laborales. No hay derecho a la protesta y no hay derecho que proteja contra la tortura y la violación como reclaman los que piden la libertad de torturadores y violadores que actuaron tras haber usurpado el Estado durante el golpe genocida. No hay sujetos de derecho en esta sociedad que conciben los libertarios y que ha sido votada por muchos que perderán los derechos que tenían.
 
Con el mercado se come, con el mercado se educa, con el mercado se cura. Si eso era difícil con la democracia, el mercado ni se lo plantea porque el único derecho que reconoce es el del que tiene más capital. El mercado habla de méritos, pero los derechos no se ganan. Los derechos implican también responsabilidades, pero no se ganan por méritos. Al menos la democracia reconoce que todos tienen derecho a comer, a la educación y a la salud. Después dependerá de los gobiernos proveer esos derechos.
 
Los libertarios inventaron una democracia con voto, pero sin derechos. Y los derechos son para todos porque son inherentes a la condición del ser humano. Si son para pocos, no califica. La democracia se construye sobre los derechos ciudadanos. Sin esos derechos básicos no hay sistema democrático. Este gobierno habla de democracia y libertad, pero cuando hace la milanesa, le pone papel higiénico en vez de libertad y democracia.
 

12-12-2025 / 10:12
El gobierno anarco capitalista de Javier "el Loco" Milei mandó al Senado un proyecto de contrarreforma para eliminar derechos laborales, sindicales y de huelga que atrasa un siglo. Contra la Constitución desconoce hasta la jornada de 8 horas y el derecho a huelga. Redactado por los abogados de las grandes empresas, de Paolo Rocca, Galperin y Eurnekian, en cada rubro empeora la posición de los trabajadores. Perjudica también a monotributistas e informales y se propone financiar los despidos con la plata de los jubilados.
 
El gobierno libertario demoró la presentación de la contrareforma laboral, que no registra precedentes desde la dictadura genocida de 1976, para estirar los tiempos de negociación y definir cuán a fondo iría en su ofensiva contra los trabajadores y el sindicalismo. El proyecto que ingresó al Senado retoma lo peor de todas las versiones anteriores y lo condensa en 71 páginas y 191 artículos.
 
Enmascarada en una supuesta "modernización", la iniciativa retrocede más de un siglo y desconoce pilares básicos del derecho laboral como la jornada de ocho horas y restringe el derecho a huelga. Lejos de mejorar la vida de los trabajadores, crear empleo o incorporar a los informales al mercado formal, la reforma sólo busca abaratar costos para que el empleador pueda despedir y amplía la desprotección sobre el sector más débil.
 
Los especialistas coinciden en que "invierte la presunción de laborabilidad" perjudicando a monotributistas y trabajadores "independientes". El texto final del proyecto confirma la transferencia regresiva de los derechos de los trabajadores en favor del gran capital, debilita su capacidad de organización y faculta al empleador para modificar condiciones laborales según sus necesidades.
 
La reforma laboral, firmada por Milei, fue elevada al Congreso de manera errónea por parte de Gobierno. Legisladores opositores y abogados laboralistas cuestionaron el ingreso por el Senado, ya que la reforma laboral contiene un capítulo tributario que modifica impuestos centrales. Al respecto, la Constitución fija que toda ley de carácter impositivo debe originarse en Diputados.
 
La reforma laboral que impulsa Milei atrasa porque reinstala un modelo previo al propio nacimiento del derecho laboral. La abogada Natalia Salvo advierte que es "una novedad de museo que nos devuelve a un tiempo sin normas". El proyecto permite jornadas de hasta 12 horas, un retroceso a antes de la Ley 11.544, conquistada después de las huelgas y masacres de la Patagonia y la Semana Trágica.

También elimina ítems remunerativos para achicar aguinaldo y vacaciones, ahora fraccionadas como en etapas de precariedad anteriores a cualquier estándar moderno. Al mismo tiempo, remarca que la iniciativa desconoce los avances globales sobre las plataformas: mientras en Europa los tribunales y países como España o Portugal ya reconocen a esos trabajadores como dependientes, aquí se los deja en un limbo jurídico. Modernizar sería ampliar la protección, no recortarla. Con un 43 por ciento de informalidad, el proyecto empuja al país hacia un pasado sin resguardo, donde la relación laboral quedaba librada a la voluntad de la patronal.

Un Gobierno que miente en todo, presenta el argumento principal en la supuesta "creación de trabajo formal". Silogismo falaz, acaba de ser refutado por un hombre del gran capital, el abogado Julián de Diego. Dijo que "sin crecimiento, no habrá generación de empleo". Ese crecimiento se presenta, como promesa lejana, relato de un provenir etéreo, medido en décadas. Equiparada a Irlanda, Alemania, y otras naciones. Por ahora, lo que hay es recesión, inflación en alza y deuda. Cada vez más deuda.

La Opinión Popular


11-12-2025 / 10:12
Turismo "con la nuestra". Nuevo papelón internacional de Javier "el Loco" Milei que fue a perder el tiempo a Noruega disfrazado con el mameluco de YPF, viajó 25.000 kilómetros para sacarse una foto... y se volvió sin nada. María Corina Machado faltó a su premiación como Nobel de la Paz. Viajó con su hermana Karina a Oslo en el avión presidencial, en un viaje que cuesta 300 mil dólares, y se alojó en el Gran Hotel de Oslo, en donde una habitación cuesta mil euros por noche. "El Peluca" volvió a las apuradas y de inmediato puso su firma en el funesto proyecto que apunta contra la justicia social y modifica la regulación de horas extras, vacaciones e indemnizaciones.
 
El fugaz y costoso paseo de Milei por Noruega terminó en un traspié político que expuso improvisación y falta de estrategia. La salida apresurada dejó al libertario sin el rédito simbólico que buscaba y reforzó las críticas sobre un viaje reducido a gestos vacíos, sin resultados concretos ni agenda internacional consistente. Tenía una agenda que incluía reuniones con el primer ministro y con el rey, además de la posibilidad de un encuentro cara a cara con Corina Machado, y los dejó "de garpe". Cosa de loco.
 
Milei regresó de apuro para evitar que una interna ponga en riesgo el tratamiento de la reforma laboral. Las explicaciones oficiales, en off the record, hablaban de la necesidad de "firmar la ley de reforma laboral" después de hacer "algún ajuste de último momento", sin embargo, tanto los cambios como la firma se pueden gestionar de manera remota. Lo que sucedió en realidad es que una nueva interna en el gobierno casi hace volar por los aires la Ley Rifle. Lo más llamativo, en este caso, es que los que frenaron el proyecto son dos enemigos íntimos: Santiago Caputo y Martín Menem.
 
Ellos son los dos interlocutores más fluidos que tiene la CGT dentro de la estructura libertaria y vienen advirtiendo desde hace tiempo que así como la estaba planteando Federico Sturzenegger, la reforma laboral corre el riesgo de empantanarse en el Congreso y terminar siendo rechazada, modificada hasta volverla irreconocible o aprobada a un costo demasiado alto. El recuerdo de la reforma previsional de Mauricio Macri en 2017 está presente en todos los cálculos.
 
Las partes observadas son justamente las que apuntan contra el andamiaje financiero y normativo que sostiene a los sindicatos, los llamados "derechos colectivos" que la CGT prioriza antes que las condiciones de trabajo individuales. De hecho, este lunes Sturzenegger estuvo reunido con los diputados de LLA, en un encuentro del que Menem no participó, y ante las consultas sobre estos asuntos el ministro prometió una "versión light", más sencilla de aprobar.
 
Sin embargo, el anuncio que hizo el vocero con sueldo de jefe de gabinete, Manuel Adorni, al día siguiente, no contempla la mayoría de esos recortes e incluye cláusulas inaceptables para el más dialoguista de los líderes gremiales. Dicen en la Casa Rosada que la orden de ir a fondo la dio el mismo Milei. El proyecto ya estaba listo para ingresar al Senado cuando Caputo y los Menem lograron frenarlo. Ese fue el motivo por el que el presidente tuvo que volver de apuro.
 
Patricia Bullrich, en tanto, defiende la redacción de Stuzenegger pero reclama que la situación se destrabe porque cree que si la reforma no tiene un tratamiento express y media sanción antes de las fiestas, después puede empantanarse. Su plan original de dictaminar esta misma semana, incluso el viernes a última hora, se fue diluyendo con el correr de las horas. El escenario más optimista apunta a sesionar en vísperas de noche buena. Sería un verdadero milagro navideño, mientras la CGT y el peronismo se abroquelan contra la reforma laboral anti obrera y pro patronal de Milei.
 
La Opinión Popular
 

10-12-2025 / 09:12
La denuncia por la compra de chatarra militar suma un nuevo capítulo. A la venta por un euro de los F-16 a Rumania, se añade el inminente acuerdo entre Polonia y Estados Unidos para la comprar de 250 vehículos blindados Stryker por sólo el valor simbólico de un dólar.
 
Los Stryker forman parte del catálogo militar yanqui que fueron utilizados en Afganistán e Irak y están diseñados para el transporte ágil de tropas y equipamiento. Según versiones oficiales, la elección del modelo responde a una planificación que prioriza la movilidad, la protección y la capacidad de respuesta ante diversas situaciones operativas.
 
Se trata de unidades adaptadas a distintos escenarios urbanos y misiones, con posibilidad de implementación progresiva conforme a los requerimientos logísticos y de capacitación establecidos por el Ejército Argentino.
 
Ya en julio que había opciones mejores que estaban siendo barajadas como el Guaraní de Brasil, que son vehículos muy similares a los que se usan en Argentina con el aditamento que los componentes mecánicos son argentinos como el motor y transmisión de IVECO.
 
Según publicó el medio ecuatoriano El Universal en base a un informe de Interesting Engineering, con esta oferta se pretende que los Strykers, que actualmente están desplegados en Europa, no vuelvan a territorio estadounidense, sino que sean entregados directamente a Polonia como parte del proceso de disminución de presencia militar norteamericana en la región.
 
Un análisis de Breaking Defense detalla que los Strykers llegarían en condiciones deterioradas, lo que implicaría reparaciones costosas, modernización y la creación de un nuevo sistema de soporte y entrenamiento, especialmente complejo para una plataforma que Argentina nunca operó.
 
Por otra parte, sostiene el informe, también hay dudas sobre el impacto industrial que traería la llegada de estos blindados, ya que puede desplazar la demanda de vehículos de fabricación nacional, como el Rosomak. En efecto, como ocurre con los F-16, se confirma que Estados Unidos y sus aliados de la OTAN están deshaciéndose de la buena parte de su material militar por considerarlo vetusto y desactualizado.
 
Por eso, en el Ejército argentino preferían El Guaraní brasileño dado no se impone límite de cantidad, son nuevos, se transfiere tecnología de fabricación de partes y es interoperable con Brasil.
 
"Los EEUU limitan la cantidad, nos entregan un lote de usados que Chile descartó oportunamente. No son anfibios y puede ser que venga una flota final heterogénea, con menor ciclo de vida útil y mayor costo de mantenimiento. Es relevante que no sean anfibios. No van a poder varear nuestros ríos", detalló un militar activo en ese momento.
 
Para armas, plata hay. De los 27 vehículos que el gobierno le compró a Estados Unidos el valor total fue de 100 millones de dólares. La propuesta de Brasil por los Guaraní era de 161 vehículos (156 + 5 de entrenamiento) por 400 millones de dólares, quedando cada unidad en valor de 2,5 millones de dólares cada uno contra los 3,7 de los Stryker. Es decir, si se hubiesen comprado la misma cantidad a Brasil, hubiera gastado 67 millones, 32 millones menos que lo que gastó ahora. ¿Aliados a EEUU? Las pelotas... A Milei, los yanquis lo toman de gil.

 

 

09-12-2025 / 08:12
La compra de los 24 aviones F-16 daneses, que entregarán 6 por año, expone el negociado millonario de Javier Milei con los aviones chatarra que no cambian la correlación estratégica ante un eventual conflicto en el Atlántico Sur. Los F-16 son antiguos e inútiles para nuestra principal hipótesis de conflicto. El avión elegido carece de misiles modernos de largo alcance, capacidades SEAD/DEAD, apoyo AWACS y autonomía suficiente para operar a grandes distancias. Y la infraestructura de mantenimiento de la Fuerza Aérea está por debajo de los estándares necesarios. La OTAN jamás lo permitiría.
 
Estados Unidos y el Reino Unido -ambos miembros de la OTAN- mantienen restricciones tecnológicas que limitan cualquier avance argentino en términos de disuasión real. Seguimos igual de indefensos que antes, a pesar de la celebración marketinera del Gobierno libertario. Las críticas a la compra de los aviones F-16 por parte de Argentina son variadas y provienen de diferentes sectores, abarcando aspectos económicos, militares y geopolíticos. Un resumen de los principales puntos de crítica:
 
Alto Costo de Operación: la hora de vuelo de un F-16 es muy cara (rondan entre los $10.000 y $20.000 dólares). En un contexto de ajuste fiscal, esto generaría dudas sobre si el país tendrá los fondos necesarios para mantener los aviones operativos y entrenar adecuadamente a los pilotos.

Prioridades de Gasto: Hay críticas sobre destinar una suma importante del presupuesto de defensa (alrededor de $650 millones de dólares para el paquete completo contra un euro que pagó Rumania) a aviones, en lugar de utilizar esos recursos en áreas con mayores necesidades sociales o productivas. Esos dólares que nos prestan no son para un Procrear, son para comprar aviones obsoletos y equipos en mal estado.

Inversión en Infraestructura: Además del costo de compra y operación, se requiere una inversión adicional significativa para actualizar y readecuar las bases aéreas, pistas, talleres y sistemas logísticos para poder soportar la operación de estas aeronaves.

Aviones Usados y Desfase Tecnológico: Aunque modernizados, los aviones son de segunda mano (Europa los está reemplazando por F-35 de quinta generación) y tienen 40 años de antigüedad. Esto no representa la "última tecnología" y Argentina queda rezagada frente a los avances en aviación de combate, cuando los drones y los sistemas no tripulados están redefiniendo el combate aéreo.

Insuficiente para la Extensión Territorial: Argentina es el octavo país más extenso del mundo. Una flota de 24 aviones no es suficiente para cubrir eficazmente todo el territorio nacional y su espacio aéreo.
 
Limitaciones Logísticas y Técnicas: el F-16 tiene un sistema de reabastecimiento en vuelo por pértiga rígida, lo cual es un problema, ya que la Fuerza Aérea Argentina utiliza un sistema de cesta y manguera, lo que obligaría a readecuar la flota de tanqueros o a depender exclusivamente del sistema rígido.
 
La compra de armamento estadounidense fomenta un claro alineamiento cipayo con Estados Unidos y la OTAN. Esto limita la soberanía en política exterior y que todo el control logístico, mantenimiento y la provisión de repuestos queden sujetos al visto bueno de los EEUU (y a las restricciones impuestas por el Reino Unido), como ha ocurrido históricamente con otras ventas militares. La elección del F-16 priorizó el alineamiento internacional por sobre otras opciones, como los aviones chinos JF-17 (más modernos y que incluían armamento), los cuales fueron objetados por Gran Bretaña.
 
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