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Nacionales - 18-04-2025 / 08:04
PROHIBIDO NOMBRAR JUECES A DEDO: EL FALLO DE RAMOS PADILLA SOBRE LA DESIGNACIÓN DE LIJO Y GARCÍA-MANSILLA LO PUSO LOCO AL LIBERTARIO

La Justicia le bajó el pulgar a los jueces truchos: Milei no puede nombrarlos por decreto porque es inconstitucional

La Justicia le bajó el pulgar a los jueces truchos: Milei no puede nombrarlos por decreto porque es inconstitucional
Un duro mensaje de la justicia a Javier "el Loco" Milei: está prohibido nombrar jueces a dedo. La Justicia le baja el martillo al decreto de Milei y tumban los nombramientos exprés en la Corte. En un fallo destinado a prevenir más avasallamientos del Poder Ejecutivo, el juez Alejo Ramos Padilla estableció que nombrar jueces por decreto es inconstitucional. Lo hizo en la causa por la designación "en comisión" de Ariel Lijo y Manuel García Mansilla en la Corte Suprema. Ni con decretazos ni con malabares legales. La Justicia puso freno a la jugada de Milei para meter a dedo a dos jueces en la Corte Suprema.
Un duro mensaje de la justicia a Javier "el Loco" Milei: está prohibido nombrar jueces a dedo. La Justicia le baja el martillo al decreto de Milei y tumban los nombramientos exprés en la Corte. En un fallo destinado a prevenir más avasallamientos del Poder Ejecutivo, el juez Alejo Ramos Padilla estableció que nombrar jueces por decreto es inconstitucional. Lo hizo en la causa por la designación "en comisión" de Ariel Lijo y Manuel García Mansilla en la Corte Suprema. Ni con decretazos ni con malabares legales. La Justicia puso freno a la jugada de Milei para meter a dedo a dos jueces en la Corte Suprema.
 
El juez federal Ramos Padilla declaró inconstitucional la designación en comisión de Lijo y García Mansilla, una maniobra desesperada de Milei luego de que el Senado le cerrara la puerta en la cara a ambos candidatos. La resolución de Ramos Padilla fue contundente: el artículo 99, inciso 19 de la Constitución no habilita el nombramiento en comisión de jueces del Poder Judicial, mucho menos de la Corte Suprema. En otras palabras, no se puede violar la división de poderes solo porque al Gobierno no le dan los votos en el Senado.
 
La decisión le advierte al Gobierno que hay una sola forma de nombrar jueces supremos --no dos, como ellos sostienen-- y es a propuesta del Poder Ejecutivo pero con el acuerdo de los dos tercios del total de los miembros del Senado. Es un modo de señalarle al Presidente que no debería repetir el mismo camino y aceptar el del debate y el consenso político. Es un mensaje de acá en adelante.
 
Como si fuera poco, Milei ya había tenido que aceptar la renuncia de García Mansilla, quien duró en el cargo menos que una historia de Instagram. Asumió, juró, se paseó por los actos oficiales, firmó 215 fallos y luego presentó su renuncia con una carta más larga que su gestión. Todo esto tras ser rechazado en el Senado.
 
Con esta decisión judicial, se cierra (al menos por ahora) una de las jugadas más polémicas de Milei, que no solo violó la Constitución sino también el sentido común. El juez de La Plata recordó que en los últimos 100 años ningún presidente democrático se animó a semejante despropósito. Ni siquiera los más autoritarios. Milei, por su parte, intentó justificar lo injustificable con una interpretación de la Constitución tan creativa como peligrosa.
 
Ahora la Corte vuelve a quedar con tres integrantes: Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y Carlos Rosenkrantz. Lijo, que nunca llegó a jurar, se atrincheró en su cargo original y hasta pidió licencia extraordinaria, que fue elegantemente rechazada por la Corte. Mientras tanto, el resto del país observa atónito cómo Milei intenta avanzar a fuerza de decretos y se estrella contra la realidad institucional.
 
Milei nombró jueces supremos en comisión con el argumento de que el Senado demoró demasiado el tratamiento de los pliegos y le adjudicó especulaciones políticas. Fue ostensible que quería poner jueces "propios" para que le facilitaran impunidad en hechos de corrupción. El "cualquiercosismo" libertario y la tentativa de colar jueces como si fueran pasantes de verano terminó con un fallo que le devuelve un poco de seriedad al sistema judicial.
 
La Opinión Popular
 

 
EL FALLO DEL JUEZ RAMOS PADILLA SOBRE LA DESIGNACIÓN DE LIJO Y GARCÍA-MANSILLA
 
Un mensaje de la justicia a Milei: nombrar jueces por decreto es inconstitucional
 
El juez demuestra la "inconstitucionalidad" del decreto 137/2025 por el que Milei designó jueces de la Corte en comisión. La Rosada puede apelar.
 
Aunque uno ya renunció y el otro nunca asumió y para ambos sus pliegos fueron rechazados por el Senado, el juez Alejo Ramos Padilla sentenció que la designación por decreto como jueces en comisión de Manuel García-Mansilla y Ariel Lijo es "inconstitucional e inconvencional". Lo hizo en el contexto de un amparo colectivo, impulsado por el CEPIS, Poder Ciudadano, ACIJ, CELS eINECIP y Fernando Cabaleiro, que pedía invalidar el decreto 137/2025 con el que Javier Milei dispuso esos nombramientos y en el que estaba pendiente un fallo sobre la cuestión de fondo.
 
Poner jueces por decreto, señala el fallo de Ramos Padilla, "es violatorio "de la forma republicana de gobierno, de la división de poderes, de la independencia del Poder Judicial y de la garantía del juez imparcial". A la vez deja a salvo, al dar por válidas, las decisiones que tomó García Mansilla en sus 40 días en la Corte: 214 sentencias y más de 30 resoluciones administrativas. Dice que es para evitar "perjuicios innecesarios a los destinatarios de dichas resoluciones y generar un panorama de incertidumbre e inseguridad jurídica".
 
El tribunal le había tomado juramento el 27 de febrero, en un acto secreto, y a partir de ahí participó en los acuerdos. Contra la postura del Gobierno la sentencia dice que la jura no validaba la designación por decreto. La propia Corte lo aclaró en la acordada que rechazó otorgarle licencia como juez federal a Lijo, lo primero que firmó García Mansilla en su breve paso por el tribunal. Fue un modo de sentar posición, lo que llamó la atención porque con las firmas de Horacio Rosatti y Carlos Ronsenkrantz, al ser un asunto de superintendencia, no era necesaria la suya.
 
 
¿Los jueces son empleados? 
  
Milei nombró supremos en comisión con el argumento de que el Senado demoró demasiado el tratamiento de los pliegos y le adjudicó especulaciones políticas. Fue ostensible que quería poner jueces "propios" a como diera lugar. El argumento fue que cuando el artículo 99 inciso 19 de la Constitución dice que el Presidente puede "llenar las vacantes de los empleos, que requieran el acuerdo del Senado, y que ocurran durante su receso, por medio de nombramientos en comisión que expirarán al fin de la próxima Legislatura", el concepto incluye a los magistrados.
 
Pero según Ramos Padilla el Gobierno ignora los pilares de la reforma constitucional de 1994 y dice que después de ella "sólo puede interpretarse válidamente el término empleos a embajadores, ministros plenipotenciarios y otros cargos dependientes exclusivamente del Poder Ejecutivo Nacional, cuyo nombramiento requiere acuerdo del Senado, excluyendo así a los integrantes de un poder independiente del Estado".
 
"Hay una diferencia sustancial entre esos empleos y los integrantes del Poder Judicial. Los primeros dependen del Poder Ejecutivo Nacional e integran la Administración Pública, mientras que los miembros de la Corte Suprema de Justicia de la Nación son la cabeza de otro poder del Estado, que debe mantener independencia del Poder Ejecutivo Nacional para que no se subvierta la división de poderes y el régimen republicano de gobierno", dice el fallo. Plantea que se afectaría no sólo la división de poderes en general sino la que separa al Poder Judicial del Ejecutivo.
 
Y advierte algo señalado por numerosos constitucionalistas: "Este atajo inconstitucional permitiría designar a una misma persona en comisión como miembro de la Corte Suprema cada vez que el Senado entre en receso", "a total discrecionalidad". Esto es más grave, agrega, teniendo en cuenta que el Ejecutivo no tiene plazo para mandar nuevos pliegos al Senado y éste no puede designar por sí mismo sino que hace falta la voluntad de ambos poderes.
 
La clave de lectura que marca de la reforma constitucional de 1994 es que "buscó atenuar el presidencialismo y fortalecer el federalismo, el rol del Congreso y la división de poderes, creando un sistema de nombramiento de magistrados más transparente y consensuado".
 
El Gobierno se corre de esa línea. "La interpretación que permite al Poder Ejecutivo Nacional evadir la necesidad de alcanzar consensos políticos (...)  compromete la estructura del sistema democrático, republicano y federal..." El Poder Ejecutivo, como ya lo hizo ante la medida cautelar que impedía a García Mansilla firmar fallos y a Lijo, jurar, también puede apelar. Habrá que ver si mantienen la pelea.
 
 
En los últimos cien años
  
Tanto en los fundamentos del decreto como en sus presentaciones judiciales, el Gobierno decía que el nombramiento de jueces en comisión era una práctica constitucional habitual. "No existe una práctica constitucional sostenida de nombramientos en comisión de jueces de la Corte Suprema, sino que se trató de una práctica que, luego de la primera década del siglo XX, cayó en desuso respecto de los jueces de la Corte y se tornó directamente inexistente para todos los magistrados tras la reforma constitucional de 1994", refuta Ramos Padilla.
 
En los últimos cien años, precisa, "de los más de 75 magistrados que integraron la Corte Suprema" "sólo uno asumió como juez en comisión mediante decreto dictado por un presidente elegido democráticamente por el voto popular: el Dr. Manuel José García-Mansilla".
 
 
Ni supremos ni jueces inferiores
  
El juez subraya que tanto al interpretar la Constitución actual, las pautas de la Corte y las expresiones de los constituyentes que reformaron la carta magna y establecieron el actual sistema de nombramiento "evidencia que nuestra Constitución solo autoriza la designación de jueces de la Corte Suprema y de los tribunales inferiores a través del mecanismo previsto en el artículo 99, inciso 4 de la Constitución".
 
No hay, dice el juez, un "doble sistema". "Interpretar --afirma-- tal como lo ha hecho el Dr. García-Mansilla que el constituyente tácitamente decidió sostener una práctica que ningún gobierno democrático había utilizado desde el año 1910, y que se vincula a un artículo de la Constitución Nacional que no hace mención ni los jueces ni mucho menos a los miembros de la Corte Suprema, resulta manifiestamente inadmisible".
 
"El nombramiento en comisión del Dr. García-Mansilla y el Dr. Lijo no resulta constitucionalmente válido", concluye Ramos Padilla. También alerta que la falta de certeza sobre cómo deben ser elegidos los supremos "se irradia en cada una de las instituciones del país y afecta el normal funcionamiento del Estado de Derecho". Un sistema de nombramiento de jueces "que garantice la independencia judicial así como la aprobación por parte de una mayoría agravada en el Senado", reitera, es algo acorde a precedentes de la propia Corte y la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
 
 
¿Solo tres supremos?
  
Uno de los argumentos oficiales fue que la Corte no podía funcionar con tres miembros, que quedaría paralizada. Ramos Padilla dice que más allá de que sería recomendable cubrir las vacantes en base a datos del funcionamiento del tribunal "no se observó la paralización de dicho órgano ni una afectación de su correcto funcionamiento".
 
El mismo alto tribunal dijo que puede funcionar con tres integrantes implementando un mecanismo de integración con conjueces en casos donde no se logra mayoría para una decisión. "El nombramiento en comisión del Dr. García-Mansilla resulta más perjudicial para el sistema de administración de justicia, la división de poderes y la independencia judicial que acudir a la designación de conjueces...", dice la sentencia. Aseguró que su decisión "no invade la esfera de ningún otro poder, sino que se trata del ejercicio de la función más esencial que se ha encomendado a los jueces de la Nación: el control de constitucionalidad de los actos de gobierno".
 
La Corte, como quedó claro esta semana, se reúne, delibera y hasta da señales políticas, como lo hizo con la causa Vialidad, donde debe revisar la condena contra Cristina Fernández de Kirchner, un caso donde se verá si dejan el camino despejado para su eventual candidatura o si le obturan se a posibilidad y aumentan las posibilidades de detención. Este martes el tribunal, además, informó que firmó 282 resoluciones.
 
 
¿Y la equidad?
 
Aunque no era parte de la discusión en la causa, Ramos Padilla señala que "no puede dejar de repararse que en tanto se propuso a dos varones como candidatos para integrar una Corte exclusivamente integrada por varones, esa decisión sería contraria también a la obligación del Estado Argentino de adoptar medidas concretas para garantizar la participación igualitaria de las mujeres en todos los niveles de toma de decisiones y las específicas recomendaciones del Comité de la CEDAW".
 
Por Irina Hauser
 
Fuentes: Página 12 y  Agencia Nova
 

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14-01-2026 / 10:01
En la segunda semana de enero, los conflictos por despidos se propagan en la papelera Lustramax de Tortuguitas y la textil TN Platex de Tucumán y hasta en el gigante Mercado Libre. En ese cuadro, que contradice por completo la euforia del gobierno de Javier "el Loco" Milei, el INDEC dio a conocer el dato de inflación más alto de los últimos ocho meses, una señal de que ni siquiera el activo principal que vende el gobierno está funcionando bien.
 
El último IPC del año fue del 2,8% y los precios terminaron 2025 con un alza acumulada de 31,5%. Las Canastas Básicas aumentaron por encima: una familia tipo necesita más de $1,3 millones al mes para no ser pobre. La inflación subió por séptimo mes consecutivo y las Canastas Básicas aumentaron por encima de la variación de precios según el informe del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) publicado este martes. El estudio indica que el Índice de Precios al Consumidor (IPC) aumentó un 2,8% en diciembre y cerró 2025 con un incremento acumulado anual de 31,5%. Por su parte, las líneas de pobreza e indigencia saltaron un 4,1% cada una.
 
La inflación se disparó un 2,8% el último mes del año pasado motorizada principalmente por las subas en Transporte (4%), tarifas (3,4%), Comunicación (3,3%), Restaurantes y hoteles (3,2%) y Alimentos y bebidas no alcohólicas (3,1%). Se trata de la marca más elevada desde abril de 2025 y el séptimo mes consecutivo sin caídas tras mayo (1,5%), junio (1,6%), julio (1,9%), agosto (1,9%), septiembre (2,1%), octubre (2,3%) y noviembre (2,5%).
 
En tanto, las Canastas Básicas Alimentaria y Total crecieron un 4,1% cada una - más de un punto por encima de la inflación mensual. Las CBA y CBT marcaron así sus subas más altas en los últimos meses: la línea de indigencia no registraba un incremento así desde marzo de 2025 (5,9%), mientras que la línea de pobreza tuvo su marca más alta del último año en diciembre. Trasladado a precios, la CBA se asentó en $190.780 y la CBT cerró a $423.532 en términos individuales mensuales. Por otra parte, un hogar de cuatro integrantes necesitó $589.510 al mes para no ser indigente y $1.308.713 para no ser pobre.
 
Por otra parte, la temporada turística no remonta. Pese a la profusa publicidad que desde las usinas oficiales lanzaron en los primeros días del año, la verdad, vista desde los propios lugares de vacaciones de los argentinos y comparando con la ocupación de cuando "estábamos mal", es que las vacaciones de millones de argentinos se achicaron a unos pocos días o nada.
 
Así lo revela la simple mirada a las playas de la costa atlántica o una recorrida por la disponibilidad de hospedajes. Enero, un mes donde era imposible conseguir un lugar y cuando se lograba, la exigencia era que se debía contratar por lo menos una semana, ha dado paso hoy a conseguir alojamiento en casi cualquier punto del país, y con una predisposición hotelera o de casas de alquiler a aceptar uno, dos o tres días, sin mayores exigencias.
 
Es que, como dicen los vendedores ambulantes de playa o de sierra, o los comerciantes céntricos, o las inmobiliarias, hay poca gente en comparación con otros años, con el agravante que vienen pocos días, preferentemente fines de semana, y con un presupuesto ajustado, "gasolero", como se dice.
 
Si se tiene en cuenta que diciembre es el mes donde millones de argentinos que aún gozan de un empleo en blanco cobran el medio aguinaldo y que al ser el mes de las fiestas se tiende culturalmente a consumir más alimentos y a comprar obsequios, la cifra de una caída tal da cuenta del desastre económico que el ajuste provoca en la parte media de la pirámide social y económica. No hablemos ya de la parte baja. Pero la Argentina es hoy un país donde al parecer, como en el dicho, hay una supuesta mayoría que le gusta que le mientan.
 
La Opinión Popular
 

13-01-2026 / 10:01
El Mirador de la Actualidad del Trabajo y la Economía (MATE) publicó un informe que refleja el ajuste del gobierno de Javier Milei sobre los jubilados. "Las jubilaciones tienen un techo, no recuperaron lo perdido al inicio del gobierno y están atadas a la inflación (desde el DNU 274/2024), por lo tanto, con la actual ley tampoco lo recuperarán", señaló el escrito.
 
El centro de estudios calculó que la jubilación media es hoy 23% menor a la de diciembre de 2023, cuando inició la gestión libertaria. Como resultado, cada jubilado acumula, en promedio, una pérdida de 4,8 millones de pesos desde que asumió Milei.
 
Esto significó un brutal ajuste. Desde MATE alertaron que el Estado "ahorró" 100,8 billones de pesos desde que gobierna Milei, siendo los recortes en jubilaciones junto con obra pública y programa sociales, los tres segmentos más golpeados.
 
"El ajuste sobre los jubilados sigue siendo uno de los principales componentes del ahorro fiscal con 16,5 billones de pesos", detallaron. De esta manera, los adultos mayores se transformaron en "el sector social más castigado por el gobierno".
 
En paralelo, días atrás, el Centro de Economía Política Argentina (CEPA) calculó que el haber mínimo jubilatorio sería 27% superior si la gestión libertaria no hubiera modificado la fórmula en 2024.
 
En este sentido, en diciembre de 2025, la jubilación mínima sin bono se ubicó en $340.886 pesos. De haber continuado el esquema anterior, ese haber habría alcanzado los $434.279 pesos, un 27,4% más.
 
La Opinión Popular
 
13-01-2026 / 08:01
Cinismo libertario al palo. Después de desfinanciar el Plan de Manejo de Fuego en un 80% y rebajar los sueldos del área hasta un 30%, Javier "el Loco" Milei buscó capitalizar el trabajo de los que están controlando los incendios en el sur. Publicó una imagen suya con fuego y brigadistas, creada con IA, y los llamó "héroes". Le respondieron denunciando el destrato que reciben, la pérdida salarial y la precarización creciente.

Luego que su gobierno desfinanciara el Plan de Manejo del Fuego y negara las consecuencias del cambio climático, ni él ni sus funcionarios pisaron la zona de los incendios que llevan arrasadas 21 mil hectáreas en la Patagonia. Pero el presidente Milei se mostró en la red X en una foto trucha con las llamas de fondo y saludando a un brigadista. ¿Nos gobierna un idiota?

En medio de una ola de críticas en las redes sociales, el gobierno libertario esperó a la lluvia que este domingo cayó en la zona de Epuyén y El Hoyo, la más afectada por el desastre de los incendios, para salir a chapear sobre el despliegue de recursos nacionales que supuestamente ayudó a extinguir 22 de los 32 focos.
 
"Quiero mandar un agradecimiento especial a todos los brigadistas, bomberos y cada uno de los voluntarios que están combatiendo el fuego", escribió un muy formal Milei en X. Pero en Instagram compartió imágenes hechas con IA que lo muestran como un héroe en la zona de los incendios.
 
Pero la realidad es que Milei no viajó a la zona de incendios y ni siquiera llamó por teléfono al gobernador de Chubut, Ignacio Torres, según contó en declaraciones televisivas. Pero además el gobierno nacional viene recortando sistemáticamente los fondos para combate de los incendios.
 
Organizaciones ambientalistas denunciaron que el Presupuesto 2026 establece un recorte del 78,5% en términos reales de las partidas para Servicio Nacional de Manejo del Fuego. Además, los ambientalistas denunciaron que en 2025 el gobierno dejó sin ejecutar el 25% de los recursos asignado al SNMF y en 2024 apenas había ejecutado el 22%.
 
En ese sentido, este fin de semana los brigadistas de Parques Nacionales denunciaron las condiciones en las que trabajan. "Nuestra situación viene precaria y sin resolución desde hace mucho tiempo. Nosotros estamos pidiendo lo esencial: un salario digno, una planta permanente, estabilidad y una jubilación acorde. Necesitamos las respuestas de manera urgente", afirman.
 
El brigadista Hernán Mondino explicó que en la Patagonia están cobrando alrededor de 860 mil pesos de sueldo, mientras que en otras zonas del país perciben unos 600 mil pesos. "Empezamos a las 7 de la mañana y, si hay cierta estabilidad en el incendio, trabajamos hasta las 8 de la noche. Si pasa como el otro día, que el fuego estaba descontrolado, estás hasta las 12 o 1 de la mañana. Y no se pagan horas extras, no te devuelven el día", contó en radio Led.
 
Ariel Dattoli, brigadista de Parques Nacionales, apuntó que la pérdida salarial oscila entre un 25 y un 30 por ciento desde 2023: "Nos llaman héroes porque ahora les sirve, pero durante dos años nos castigaron salarialmente y nos tuvieron con contratos trimestrales, con el miedo de no saber si el periodo siguente ibamos o no a tener trabajo".
 
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12-01-2026 / 10:01
Una denuncia penal presentada en el ámbito de la Justicia Federal volvió a poner en el centro de la escena al presidente Javier "el Loco" Milei, esta vez por presuntas responsabilidades internacionales vinculadas al Estatuto de Roma y a la Corte Penal Internacional. El planteo fue registrado bajo el expediente CFP 58/2026 y lleva la firma de Aldo Sergio Parodi, quien acusa a Milei de ser cómplice y encubridor de un crimen de agresión cometido contra el Estado soberano de Venezuela.
 
Según el escrito, la denuncia se basa en la Ley 25.390, mediante la cual la Argentina aprobó el Estatuto de Roma en 1998, aceptando la jurisdicción de la Corte Penal Internacional. Parodi sostiene que el 3 de enero de 2026, en horas de la madrugada, se habría producido un "brutal y terrorista crimen de agresión" atribuido al presidente yanqui Donald Trump, con un saldo de víctimas fatales aún indeterminado.
 
En ese contexto, afirma que el presidente Milei omitió denunciar el hecho ante los organismos internacionales correspondientes, lo que, a su entender, configura un grave encubrimiento. El denunciante argumenta que, al ser la Argentina un Estado parte del Estatuto de Roma, el Poder Ejecutivo no solo puede sino que debe denunciar ante la Corte Penal Internacional cualquier crimen de lesa humanidad, especialmente aquellos tipificados como crimen de agresión en el artículo 8 bis del tratado.
 
En su presentación, Parodi afirma que la supuesta inacción del presidente Milei no sería un hecho menor, sino una violación directa a las obligaciones internacionales asumidas por el Estado argentino. En el escrito se remarca que los crímenes de lesa humanidad son imprescriptibles y de jurisdicción universal, conforme a lo establecido también por la Ley 26.200.
 
Bajo esa premisa, Parodi solicita que se investigue penalmente al presidente Milei para que explique por qué motivo no promovió una denuncia internacional y por qué, según su interpretación, habría avalado públicamente el accionar atribuido a Trump. La denuncia va más allá del ámbito local y pide que la Fiscalía General de la Corte Penal Internacional investigue el comportamiento de los jefes de Estado miembros del Estatuto de Roma que, siempre según el planteo, habrían aceptado o tolerado el hecho denunciado.
 
Parodi sostiene que, hasta el momento, la única acción penal internacional concreta estaría radicada ante la Justicia Federal argentina, situación que califica como "preocupante" por el impacto que estos hechos tendrían sobre la paz mundial. En otro tramo del escrito, el denunciante solicita expresamente que sea citado el ex fiscal general de la Corte Penal Internacional, Luis Moreno Ocampo, para que, desde su experiencia en derechos humanos, ilustre al fiscal interviniente sobre la responsabilidad del Estado argentino frente a este tipo de situaciones.
 
También afirma que las expresiones públicas de Milei ante organismos internacionales, lejos de condenar el crimen, lo habrían avalado, lo que encuadra, a su criterio, en el delito de apología del crimen previsto en el Código Penal argentino. La presentación concluye con un pedido formal para que se investigue a Milei por una presunta violación a la Ley 25.390 y por apología de un crimen de agresión en perjuicio de un Estado soberano miembro del Estatuto de Roma.
 
El expediente quedó en manos del fiscal federal interviniente, quien deberá evaluar la viabilidad jurídica de la denuncia y los pasos a seguir. Por el momento, no se conocieron respuestas oficiales de Milei ni pronunciamientos de la Justicia sobre el fondo de la acusación, en torno a la política exterior argentina y a las obligaciones internacionales del Estado.
 
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10-01-2026 / 09:01
El video con la imagen de un guardia de inmigración norteamericano que asesina a una mujer en Minneapolis, Estados Unidos, tiene muchas similitudes con el del asesinato de Juan Gabriel González, en Villa Lugano, por un efectivo policial. Ambos videos circularon por las redes. En la brutalidad de esas escenas está la esencia de dos proyectos de país que coinciden en su desprecio al prójimo.
 
El presidente norteamericano Donald Trump declaró al New York Times que "mi único límite es mi mente" que es el mismo criterio que siguieron los dos efectivos de seguridad, en Minneapolis y en Buenos Aires, para disparar a quemarropa contra personas desarmadas. Trump lo hizo al secuestrar al presidente de Venezuela.
 
Javier "el Loco" Milei es un admirador de Trump, cuyo gobierno se aleja de la idea de democracia y libertad. El estadounidense creó una fuerza policial de carácter federal para perseguir a inmigrantes. Estos policías tienen la prerrogativa de detener a cualquier persona solamente por el color de su piel.
 
La fuerza del Servicio de Control de Inmigración y Aduanas (ICE, por sus siglas en inglés) "tienen inmunidad absoluta para hacer su trabajo" respondió el vicepresidente J.D. Vance cuando le preguntaron por el asesino de Renee Nicole-Good, de 37 años y madre de tres hijos.
 
La mujer era una poetiza premiada en su país. Se interpuso con su camioneta a un contingente del ICE que iba a realizar razzias en su barrio. Un agente le ordenó que bajara de automóvil, pero ella dio marcha atrás para alejarse y el tipo le descerrajó tres tiros en la cara. En Estados Unidos, el pueblo bautizó al ICE como la Gestapo.
 
Para no ser menos, el mandatario argentino emitió un Decreto de Necesidad y Urgencia que le da prerrogativas similares a los servicios de espionaje. Podrán detener personas sin orden judicial, exigir datos personales de ciudadanos a instituciones públicas como la AFIP, así como incorporar al espionaje interno a los servicios de inteligencia militar. Creó una policía política o una policía secreta. Una Gestapo.
 
La diferencia está en que el argentino se llenó la boca para gritar ¡Viva la libertad, carajo! pero creó una policía secreta para controlar a los argentinos. En cambio, el Trump que admira Milei nunca dijo que estaba por la libertad, ni siquiera por el libre comercio, y por eso tiene su Gestapo propia. Lo que dijo fue: "Hagamos grande a América, otra vez", lo que anunció un imperialismo más agresivo, sobre todo donde considera que está su "patio trasero". Y Milei acepta encantado poner a la Argentina como patio trasero de Trump.
 
En Estados Unidos, la justicia aclaró que el Cartel de los Soles que Trump usó como excusa para el secuestro de Nicolás Maduro, no existe. Lo tendrían que haber soltado. Pero ya le agregaron otros cargos sacados de la manga. El Senado, a su vez, busca prohibirle al inquilino de la Casa Blanca otros actos de agresión contra Venezuela.
 
En Argentina, la justicia declaró inconstitucional el protocolo de seguridad de Patricia Bullrich, que penalizaba la protesta social, gremial o política. Igual se aplica contra los jubilados, pero no cuando los venezolanos antichavistas hacen manifestaciones para festejar la invasión de su patria y el asesinato de sus compatriotas. Al mismo tiempo, dirigentes de la oposición de distintas corrientes, plantearon recursos en la Justicia contra el decreto que pretende institucionalizar una policía secreta "libertaria".
 
En esta puja está en juego una democracia que va perdiendo por goleada. Tanto Trump como Milei tienen el respaldo de gran parte del capital concentrado, grandes corporaciones y millonarios que consideran que la democracia, más que facilitar, constituye un obstáculo para aumentar sus ganancias. 
 

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