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Entre Ríos - 26-11-2024 / 12:11
LA SALA PENAL DEL SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA REVISARÁ LAS PREVENTIVAS DE URRIBARRI Y AGUILERA

Prisión preventiva de Sergio Urribarri: La Cámara de Casación concedió la impugnación extraordinaria

Prisión preventiva de Sergio Urribarri: La Cámara de Casación concedió la impugnación extraordinaria
La Cámara de Casación Penal de Paraná, concedió la impugnación extraordinaria a los defensores del exgobernador Sergio Urribarri y su cuñado Juan Pablo Aguilera. Los abogados interpusieron un recurso el jueves pasado, contra la resolución de esa misma Cámara que ordenó la detención inmediata de ambos en la Unidad Penal N°1 de Paraná, en cumplimiento de prisiones preventivas (tras la confirmación de la condena a 8 y 6 años de prisión respectivamente). De modo que Urribarri y Aguilera llegan con este recurso a la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ).
 
La Cámara de Casación Penal de  Paraná, concedió la impugnación extraordinaria a los defensores del exgobernador Sergio Urribarri y su cuñado Juan Pablo Aguilera. Los abogados interpusieron un recurso el jueves pasado, contra la resolución de esa misma Cámara que ordenó la detención inmediata de ambos en la Unidad Penal N°1 de Paraná, en cumplimiento de prisiones preventivas (tras la confirmación de la condena a 8 y 6 años de prisión respectivamente). De modo que Urribarri y Aguilera llegan con este recurso a la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ).
 
La resolución está firmada por las vocales Marcela Davite y Evangelina Bruzzo, este lunes 25 de noviembre. En la misma se informó también que Marcela Badano no suscribió por encontrarse de licencia, pero participó de la deliberación y acordó con lo resuelto.  
 
"Encontramos configurado el supuesto habilitante del remedio intentado, por cuanto la impugnación extraordinaria fue prevista por el legislador provincial para salvaguardar el adecuado respeto de las garantías constitucionales de los justiciables y en el caso se denuncian y fundamentan causales contempladas en el art. 521 inc.1 del Código Procesal Penal", definieron las vocales.
 
Sobre el final del documento, las juezas se expresaron "respecto de algunas referencias de los Sres. Defensores, sobre la supuesta imposibilidad de dictado de una medida cautelar en relación a una sentencia no firme; y aún, respecto del planteo de supuesta incompetencia de este Tribunal (y de la justicia provincial) para continuar con incidencia alguna del proceso, por la concesión del Recurso Extraordinario Federal; circunstancias todas que fueron valoradas en un análisis por completo circunscripto a los riesgos procesales.
 
Dicha solución, con sus fundamentos, claro está, se mantienen y se consideran adecuadas; por lo que -más allá de las apreciaciones de los recurrentes-, no nos encontramos ante una resolución que pueda tildarse de arbitraria, en los términos de la consabida doctrina perfilada pretorianamente por la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN)".
 
La impugnación extraordinaria fue planteada por los abogados Leopoldo Cappa, Javier Baños y Fernando Burlando, quienes representan a Urribarri; y los abogados Miguel Ángel Cullen y Marcos Rodríguez Allende, que bregan por los intereses personales de Aguilera. Se trata de un recurso judicial utilizado comúnmente, en este caso en protesta de la resolución de la Cámara que ordenó la detención inmediata de los dos condenados por delitos de corrupción. El objetivo es que la medida cautelar (es decir las detenciones preventivas) sea revisada por un tribunal superior.
 
Por otro lado tramita el hábeas corpus, que sí es un recurso judicial que no se usa comúnmente y que también intentó, con un efecto inmediato, revertir las detenciones del exgobernador y su cuñado.
 
Además está la situación del exministro de Cultura y Comunicación, Pedro Báez, que fue detenido el viernes tras el fallo del Tribunal de Juicios y Apelaciones. Hasta allí llegaron los fiscales que llevan el trámite de las causas, para reclamar porque los riesgos evaluados por Casación en el caso de Urribarri y Aguilera, son asimilables a la situación de Báez. Los defensores del exministro, José Velázquez e Ignacio Díaz, decidieron no interponer un hábeas corpus pero sí presentaron un recurso de Casación contra la decisión del Tribunal.
 
Los abogados de Urribarri, Aguilera y Báez presentaron, tiempo atrás, un Recurso Extraordinario Federal para que la Corte Suprema revise las condenas. Ese recurso fue concedido por el Superior Tribunal de Justicia de la provincia, pese a que antes, ese máximo órgano penal en Entre Ríos denegó una impugnación extraordinaria contra la confirmación de Casación y, de ese modo, confirmó nuevamente la sentencia pronunciada el 7 de abril de 2022. Eso es lo que, en términos jurídicos, llaman "doble conforme". Es decir, una sentencia condenatoria confirmada en Casación y una impugnación extraordinaria rechazada contra la confirmación de Casación.
 
Los otrora funcionarios políticos y encumbrados dirigentes kirchneristas en Entre Ríos fueron juzgados entre 2021 y 2022 por negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública, peculado y fraude a la administración pública. Por aquellos meses se ventiló lo que en la provincia de Entre Ríos se conoció como "megajuicio por corrupción", un debate oral con cinco causas acumuladas. Se investigaron contrataciones irregulares y desvío de dinero de la administración pública para fines personales.
 
No son las únicas investigaciones por corrupción en la provincia que involucran a exfuncionarios kirchneristas. En efecto, el propio Urribarri tiene otros pendientes como la "causa Coimas" y el proceso por presunto enriquecimiento ilícito. El primero de los mencionados en este párrafo está en etapa de remisión a juicio en los próximos días habrá definiciones; sobre el segundo el Ministerio Público Fiscal de Entre Ríos presentó el requerimiento de elevación a juicio. 
 
Fuente: Análisis Digital
 
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El gobierno de Javier Milei firmó este jueves el acuerdo comercial bilateral entre Argentina y Estados Unidos. Más allá del tono triunfalista del libertario, lo que se conoce hasta ahora del entendimiento exhibe una profunda asimetría entre los beneficios que obtendrán Estados Unidos y las obligaciones estructurales que asume Argentina. El acuerdo implica una reconfiguración de fondo del vínculo económico, político y geopolítico bilateral, con concesiones de largo alcance del lado argentino y beneficios acotados, condicionados y reversibles para el país. Lejos de un "trato entre pares", se consolida una relación semicolonial, en la que Argentina abre su mercado interno, resigna capacidad regulatoria y se alinea estratégicamente y militarmente con Washington.
 
No se trata de un tratado de libre comercio tradicional ni de una ampliación equilibrada del intercambio bilateral. Es la imposición de un corset comercial, regulatorio y tecnológico que restringe severamente la autonomía económica, industrial y científica de la Argentina. Bajo el lenguaje técnico de la "reciprocidad", el acuerdo consagra una construcción profundamente asimétrica. Argentina asume compromisos extensos, detallados y verificables; Estados Unidos conserva márgenes amplios, discrecionales y reversibles. El resultado no es integración, sino subordinación neocolonial del gobierno de Milei para con los EE.UU. de Trump.
 
El mandatario entrerriano Rogelio Frigerio aplaudió rápidamente el acuerdo entre ambos países: "Siempre es una buena noticia avanzar en la integración comercial de nuestro país". "Este acuerdo con EE.UU abre nuevas oportunidades de inversión y financiamiento que desde Entre Ríos podemos aprovechar, y genera grandes expectativas para sectores exportadores clave de nuestra provincia, como el cárnico y el lácteo, entre otros, fundamentales para nuestra economía regional", enfatizó en su cuenta de X. "Hay que seguir por este camino para transformar estas oportunidades en más producción, más empleo y desarrollo", deliró el porteño alcahuete. A dos años de haber asumido, Frigerio sigue sin arrancar. En Entre Ríos, la realidad cotidiana muestra que todo continúa igual: no hay obras estructurales, ni un plan claro de desarrollo económico. Solo se percibe la intención de prenderse de todo lo que diga Milei.
 
Por el contrario, el diputado Guillermo Michel dio detalles de los perjuicios que traería para Entre Ríos el "acuerdo" entre Argentina y Estados Unidos firmado y anunciado por Milei. "Para el mercado avícola, el acuerdo entre USA y Argentina es un simple acuerdo sanitario para que los productores avícolas estadounidenses puedan acceder a nuestro mercado con plazos, condiciones y concesiones difíciles de justificar", expresó.
 
En este sentido apuntó que lo firmado "no es recíproco". "Los productos avícolas argentinos no tendrán mercado adicional (ni mejores condiciones) en EE.UU.", señaló. Por otro lado, indicó que hará bajar los estándares y exigencias del SENASA ante los productos avícolas yanquis. Entonces, el mercado argentino se verá inundado por los productos de USA. En este marco apuntó que el acuerdo sería sanitario y no de libre comercio, lo que le permite a Milei evitar su paso por el Congreso de la Nación.
 
Posteriormente dio cuenta de que en Estados Unidos la "pata muslo" es un producto no muy consumido por lo que lo venderán en Argentina a precios más bajos que la producción nacional. En este contexto criticó a Frigerio por salir a aplaudir el acuerdo. "Antes de opinar livianamente de los temas, Frigerio consulte a los productores entrerrianos y pregúnteles a ellos que opinan", le pidió Michel.
 
Es que el nuevo acuerdo entre Argentina y Estados Unidos, firmado en febrero de 2026, genera alarma por su potencial impacto negativo en la industria local. Se enfatizan críticas sobre la apertura de mercados que favorece solo a productos yanquis, la cesión de controles de calidad y la presión sobre la propiedad intelectual. Los principales puntos de inquietud incluyen:
 

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