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Entre Ríos - 23-11-2024 / 12:11
EL DICTAMEN OTORGA A LA ASAMBLEA LEGISLATIVA LA POTESTAD DE CONVOCAR A ELECCIONES

La reforma política que intenta el porteño Frigerio choca con la Constitución de Entre Ríos

La reforma política que intenta el porteño Frigerio choca con la Constitución de Entre Ríos
El dictamen de la ley de reforma impulsada por el Gobernador, Rogelio Frigerio, firmado por legisladores del oficialismo y algunos libertarios otorga a la Asamblea Legislativa la potestad de convocar a elecciones. Sin embargo, la Constitución de Entre Ríos no se lo permite.
 
El dictamen de la ley de reforma impulsada por el Gobernador, Rogelio Frigerio, firmado por legisladores del oficialismo y algunos libertarios otorga a la Asamblea Legislativa la potestad de convocar a elecciones. Sin embargo, la Constitución de Entre Ríos no se lo permite.
 
"Fue la octava reunión conjunta de comisiones para tratar este proyecto de ley, con la metodología durante los últimos encuentros de analizar artículo por artículo. Hoy terminamos esa tarea y fue la última reunión. Vamos a hacer circular el dictamen para que firmen los legisladores que tengan intenciones de hacerlo", indicó el miércoles de la semana pasada la diputada radical Gabriela Lena, presidenta de la comisión de Asuntos Constitucionales de Diputados, una de las dos que analizó el proyecto presentado por el Ejecutivo.
 
En ese "artículo por artículo" ni los legisladores oficialistas Marcelo López; Mariana Bentos; Jorge Maier; Susana Pérez; María Elena Romero; Bruno Sarubi; Carolina Streitemberger y Érica Vázquez ni tampoco los libertarios Roque Fleitas y Liliana Salinas se detuvieron a observar que las potestades que el artículo 67º del despacho otorga a la Asamblea Legislativa se contraponen con las disposiciones constitucionales.
 
En efecto, el apartado en cuestión expresa en su primer párrafo: "El Poder Ejecutivo provincial, o en su defecto la Asamblea Legislativa, fija la fecha del acto electoral y realiza la convocatoria para las elecciones primarias y generales, para todos los cargos públicos electivos provinciales, municipales y comunales".
 
Sin embargo, las facultades de la Asamblea se fijaron de modo restrictivo en el artículo 133º de la Constitución provincial. El texto votado por la Constituyente de 2008 es claro:
 
CAPÍTULO VII
 
ASAMBLEA GENERAL
 
ARTÍCULO 133 Ambas Cámaras sólo se reunirán para el desempeño de las funciones siguientes:
 
1º. Apertura de las sesiones ordinarias
 
2º. Recibir el juramento de ley del Gobernador y Vicegobernador de la Provincia.
 
3º. Tomar en consideración la renuncia de los mismos funcionarios
 
4º. Declarar, con dos tercios de los votos presentes de cada Cámara, los casos de impedimento del Gobernador, Vicegobernador o de la persona que ejerza el Poder Ejecutivo.
 
5º. Realizar la elección de Gobernador y Vicegobernador que prevé el Artículo 159º.
 
6º. Considerar el veto del Poder Ejecutivo en la forma prescrita por el Artículo 129.
 
La contraposición entre un texto legal y otro se resuelve siempre en función del de mayor jerarquía. En este caso, la Constitución.
 
Según pudo establecer esta Agencia, funcionarios políticos del Gobierno fueron advertidos de esta contradicción antes de que comience el debate legislativo, dado que el articulado llegó a Diputados con este yerro. Sin embargo, no fue enmendado.
 
Fuente: Babel
 
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02-03-2026 / 11:03
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01-03-2026 / 20:03
El porteño Rogelio Frigerio y buena parte de los gobernadores escucharon al presidente Javier Milei, quien celebró la supuesta mejora macroeconómica, el control político pleno que La Libertad Avanza logró en el Congreso pese a no tener mayoría, las reformas que él considera irreversibles y el avance de las ideas libertarias, que parecen irrefrenables. Frigerio y los gobernadores escucharon un relato triunfal mientras afrontan la complejidad creciente de sus administraciones provinciales, de la economía real, del derrumbe de los sectores regionales industriales y de la grave situación social.
 
Esa parte de la realidad, dolorosamente territorial y expulsiva, radica en el interior federal, aunque dependa casi exclusivamente de decisiones que toma Milei. El desfinanciamiento cada vez más pronunciado de las administraciones provinciales les resta posibilidades de acción territorial y política. No obstante, los diputados y senadores de las provincias votan a favor de las leyes de Milei. El oficialismo entrerriano, entre ellos.
 
El posicionamiento político de Frigerio es cada vez más difícil de clasificar. Intenta calmar los reproches del pueblo, pero en simultáneo avala la reforma laboral. Apoya la macroeconomía de puertas abiertas de par en par, con importaciones indiscriminadas, pero reclama igualdad de condiciones para la golpeada industria provincial. Los diagnósticos son tenebrosos en materia de empleo y de condiciones sociales del amplio sector asalariado entrerriano que desde hace décadas vive de industrias que van perdiendo competitividad, y que el proyecto libertario ha venido a liquidar. Milei lo hace sin complejos: celebra el cierre de empresas, trata de delincuentes a los principales empresarios del país y jamás habla de producción ni de empleo.
 
Cuando se observa el posicionamiento de Frigerio, su margen político se evidencia dramáticamente reducido. Y las consecuencias en la propia administración son crecientes. Frigerio sostiene el ajuste en los sueldos públicos y en las jubilaciones pese al malestar gremial en alza; intenta amortiguar la caída generalizada de recursos con mayor endeudamiento, con refinanciamiento caro y sobre costos. Mientras, subsiste gracias al intercambio de votos en el Congreso por algún ATN. Se balancea al borde del abismo y la conflictividad se incrementa en todo el territorio provincial.
 
En ese marco, Nadia Burgos, dirigente del MST en el FIT-U y delegada gremial del Ministerio de Salud se expresó: "La paritaria estatal en Entre Ríos volvió a mostrar el mismo esquema de siempre: el gobierno presenta una oferta que no recompone el salario real y pretende cerrar el conflicto con el aval de UPCN, mientras miles de trabajadores siguen perdiendo poder adquisitivo y en su mayoría con salario de pobreza". La miserable propuesta de Frigerio, del 15,8% sobre sueldo básico de junio 2025, no cubre la inflación acumulada ni garantiza una recuperación del salario, sumado a los 9 meses de salarios congelado junto a los recortes de ingreso de junio 2025. Las sumas fijas, tramos diferidos y promesas de revisión no resuelven el problema de fondo: los sueldos estatales están por debajo de lo necesario para vivir. Frigerio está muy alejado de lo que se vive en los lugares de trabajo: el salario no llega, las condiciones laborales se deterioran y el ajuste se descarga sobre quienes sostienen el funcionamiento del Estado y los jubilados.
 
Por su parte, para el sector pasivo se otorgará una suma fija de 75.000 pesos que reemplaza la suma fija que venían percibiendo de $40.000. Aumento real: $35.000. Una miseria. Las cifras establecidas están muy debajo de la inflación real y en la mitad de los índices truchos del gobierno de Milei. Y no recomponen el poder de compra de los trabajadores. El Consejo Provincial del Partido Justicialista expresó su "profunda preocupación y rechazo ante el reciente anuncio del gobierno provincial de otorgar incrementos salariales bajo la modalidad de sumas no remunerativas y no bonificables". Resulta contradictorio e injustificable que, en un contexto donde el propio oficialismo impulsa una reforma previsional que afectará directamente a trabajadores activos y jubilados, se dispongan mecanismos salariales que reducen aportes, debilitan el financiamiento del sistema previsional y deterioran el salario real de los empleados públicos.
 

01-03-2026 / 10:03
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