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Entre Ríos - 09-09-2014 / 11:09
INSTAN A QUE DÉ CUMPLIMIENTO A LA LEY

Piden al gobierno de Urribarri por el cumplimiento efectivo de la ley del límite de espera

Piden al gobierno de Urribarri por el cumplimiento efectivo de la ley del límite de espera
Piden al gobierno de Urribarri por el cumplimiento efectivo de la ley del límite de espera. Se trata de la ley 10.236, que dispone un límite de espera de los consumidores de 30 minutos al hacer colas. Entró en vigencia en marzo pasado y aún no se cumple. Tampoco hay baños para los clientes.
 
En marzo pasado entró en vigencia la ley 10.236, por la que se incorporaron los artículos 5 bis y 5 ter a la Ley Nº 8973, estableciendo de esta manera un tiempo menor de 30 minutos de espera en las cajas habilitadas para cobros y pagos.
 
No obstante, se suceden denuncias por parte de consumidores de la falta de cumplimiento de la normativa. El pago de sueldos en cajeros exhibe la demora y también el desinterés del agente financiero por cuidar a sus clientes cautivos.
 
Ahora, el diputado radical Pedro Ullúa (Sauce de Luna) instó al Ejecutivo, a través de un proyecto de resolución, a que "realice las gestiones necesarias ante la Dirección General de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial de la provincia de entre Ríos a los fines de que se dé efectivo cumplimiento a lo normado por la Ley Nº 10.236 que incorpora los arts. 5º bis y 5º ter a la Ley Nº 8.973".

 
La ley también había dispuesto que los locales de acceso a la atención masiva al público debían proveer de carteles indicativos en lugares visibles  donde se especifiquen los medios, direcciones y teléfonos para realizar las denuncias por las prácticas abusivas, recordó el legislador.
 
Y recalcó: "Los sujetos obligados por la ley, no sólo que no respetan el tiempo de espera máximo de 30 minutos, sino que además, no han dado efectivo cumplimiento con la colocación de los carteles informativos. Es sumamente necesario se instrumenten las medidas pertinentes a los fines de que se proceda a dar efectivo cumplimiento a la mencionada ley, en miras a la protección de los usuarios y consumidores, evitando que la normativa quede en una simple letra muerta".
 
 
Qué dice la ley
 
Según el texto publicado en el Boletín Oficial, se incorporará como artículo 5° bis considerar una «práctica abusiva» y contraria al «trato digno» de usuarios y consumidores en locales de acceso a la atención masiva, que las personas deben esperar más de 30 minutos en las cajas habilitadas para cobros o pagos; que esa espera se haga en condiciones de incomodidad, en la que el consumidor deba soportar las inclemencias del tiempo para ser atendidos en sus requerimientos; que en esos lugares no haya acceso libre y gratuito a los sanitarios; y al tiempo de espera superior a los 60 minutos para ser atendido, aún cuando se provea de asientos, existan instalaciones sanitarias y el orden de atención sea según talón numerado. Estos supuestos alcanzan a las entidades públicas y privadas.
 
Por esa razón con la sanción de la ley, deberán «adaptar sus instalaciones y prácticas en un plazo de seis meses», a partir de su promulgación.
 
Los sanitarios deberán estar visiblemente señalados, en condiciones de accesibilidad para personas con discapacidad o movilidad reducida y respetar las disposiciones reglamentarias locales correspondientes. También, deberán proveer de carteles indicativos en lugares visibles para el público, donde se especifiquen los medios, direcciones y teléfonos para realizar las denuncias por las prácticas abusivas descriptas en el artículo anterior.
 
Además de la Dirección General de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial de Entre Ríos - o el organismo que en el futuro lo reemplace será autoridad de aplicación el ente regulador respectivo.
 
Por último, la norma  señala que quienes incumplan o realicen prácticas abusivas contrarias a lo que dispone la legislación, serán sancionados e, incluso, hasta se les podrá aplicar clausuras por el término de 10 días a los locales. «En caso de reincidencia se aplicará multa equivalente al doble establecido por la reglamentación. A tales efectos, se considera reincidencia toda nueva infracción cometida en el término de un año contado a partir del dictado de la resolución firme que establece la sanción», se fijó.
 
Fuente: RecintoNet

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La reforma en el sistema de desayunos y meriendas escolares impulsada por la gestión de Rogelio Frigerio sumó un contundente rechazo desde la propia memoria institucional de la provincia. La exsenadora nacional y expresidenta del Consejo General de Educación (CGE), Graciela Bar, destrozó el nuevo esquema al tildarlo de «preocupante» y asegurar tajantemente que «no es una buena medida». Bar denunció que el gobierno pretende homogeneizar la alimentación de la infancia entrerriana imponiendo una dieta empobrecida y rígida a base de «galletitas y bizcochuelos», eliminando la diversidad de insumos frescos como frutas, yogures y dulces que requiere la salud en la etapa de crecimiento.
 
La exfuncionaria enfatizó que el Ejecutivo provincial utilizó fallas aisladas en un reducido grupo de escuelas como pretexto para imponer una sanción colectiva e inconsulta. Remarcó con dureza que «no por eso podemos tomar una medida tan general perjudicando no solo el tipo de alimentación que se otorgaba en las escuelas, sino también al comercio local», al tiempo que cuestionó la falta de sensibilidad oficial por haber avanzado a espaldas de la comunidad educativa y sin convocar ni consultar al Colegio de Nutricionistas.
 
Asimismo, la extitular del CGE alertó sobre el impacto socioeconómico que significa desmantelar el circuito de compras de cercanía que sostenía a pequeños almaceneros, verduleros y proveedores locales en cada pueblo. En un contexto atravesado por una severa crisis donde «la cantidad de negocios que se han cerrado es grande» en ciudades como Paraná o Victoria, privar al comercio de barrio del abastecimiento escolar representa una doble embestida del gobierno: la degradación del plato de comida de los estudiantes y la asfixia económica directa al tejido productivo provincial.
 

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