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Nacionales - 09-10-2019 / 10:10
EL FALLO SOSTIENE QUE LA NORMA FIRMADA POR EL PRESIDENTE ES "DE CARÁCTER BURDO" E "IMPROPIA DEL ESTADO DE DERECHO"

Declaran inconstitucional el DNU de Macri que redujo indemnizaciones por accidentes laborales

Declaran inconstitucional el DNU de Macri que redujo indemnizaciones por accidentes laborales
El juez laboral Alejandro Segura declaró la "inconstitucionalidad" del decreto de necesidad y urgencia (DNU) del presidente Mauricio Macri que redujo las indemnizaciones por accidente de trabajo o muerte. El fallo considera que la retroactividad planteada en esa medida viola la legislación vigente.
El juez laboral Alejandro Segura declaró la "inconstitucionalidad" del decreto de necesidad y urgencia (DNU) del presidente Mauricio Macri que redujo las indemnizaciones por accidente de trabajo o muerte. El fallo considera que la retroactividad planteada en esa medida viola la legislación vigente.
 
En su fallo el magistrado consideró que la retroactividad argumentada en el artículo tercero en el decreto 669/2019 publicado la semana pasada en el Boletín Oficial no puede afectar las causas que ya estaban en marcha. El cuestionado artículo dice que las modificaciones dispuestas en ese DNU "se aplicarán en todos los casos, independientemente de la fecha de la primera manifestación invalidante".
 
Segura se expidió en una causa iniciada por el periodista Miguel Ángel "Tití" Fernández, que reclamó a la aseguradora de riesgos de trabajo Experta ART SA y a Galeno ART una indemnización por las afecciones que sufrió tras la muerte de su hija, mientras él cubría el Mundial de Brasil 2014.
 
En su resolución, Segura utilizó lenguaje inclusivo y cuestionó duramente al decreto de Macri. "¿Puede un DNU establecer una norma menos beneficiosa para lxs trabajadorxs? ¿Puede un DNU determinar su aplicación retroactiva?", preguntó el magistrado.
 
Dijo que respondería a ambas preguntas "en forma negativa" por "el manifiesto carácter burdo que tiene esta norma, impropia del Estado de Derecho, seguramente urdida por personas incapaces de aprobar un parcial de Derecho Civil Parte General".
 
Si el criterio del decreto Macri se pusiera en práctica, esa demanda quedaría atrapada en una retroactividad que iría en contra de la legislación vigente al momento en que fue presentada.
 
El fallo determina que las aseguradoras deberán abonarle a Fernández lo que le corresponde según el origen de la demanda y a valores actuales, y declara explícitamente "la inconstitucionalidad e inconvencionalidad del artículo 3º del decreto 669/2019".
 
El cuestionado DNU de Macri había recibido el lunes pasado un dictamen en contra presentado por el fiscal Gabriel De Vedia, que dio curso a un amparo colectivo presentado por el Colegio de Abogados de Capital Federal.
 
Al hacer lugar a esa cautelar, el titular de la Fiscalía Nacional del Trabajo Nº3 pidió suspender la aplicación del decreto que modificó el cálculo de indemnizaciones por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales vigentes en la ley 24.557.
 
La Opinión Popular

 
"Tití" Fernández logró que declararan inconstitucional el DNU que modifica el cálculo de indemnizaciones por accidentes laborales
 
El periodista realizó una presentación en un caso que lo tiene como protagonista y el juez Alejandro Segura calificó al decreto como "insólito" y regresivo". El Gobierno buscaba aplicar un cálculo de actualización por el índice de salarios y no por las tasas de interés de los bancos
 
El juez Alejandro Segura, del juzgado 41 del fuero laboral, declaró inconstitucional en un fallo de primera instancia el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) del Gobierno que había modificado la fórmula para calcular las indemnizaciones laborales. El caso al que se refiere el fallo corresponde a la demanda por indemnización por accidente de trabajo del periodista Miguel "Titi" Fernández, por problemas coronarios, de alta presión y de estrés postraumático luego de la cobertura del Mundial de Fútbol de Brasil, en el año 2014, donde falleció su hija.
 
"El Estado mediante este DNU ha conseguido transferirle las cargas de su fallida política económica a los más necesitados", expresó Segura en su fallo. A través de este decreto (669/2019), el Gobierno modificó la forma de calcular los montos y los intereses de las indemnizaciones por accidentes de trabajo, incapacidad laboral definitiva o fallecimiento del trabajador con el objetivo de evitar un "desfinanciamiento" de las empresas aseguradoras.
 
Previo al decreto, el cálculo de los intereses del monto de las indemnizaciones se realizaba según la tasa activa de los bancos. Pero el Gobierno determinó que se pase a utilizar la variación del índice Remuneraciones Imponibles Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE). La tasa anual del Banco Nación es del 71,77% y la tasa efectiva es del 100,82%, mientras que el RIPTE durante todo 2018 fue de 30,6%. Por lo tanto, los montos finales se reducirán considerablemente.
 
"Este DNU solo tiende a regular un aspecto acotado de la realidad, digámoslo crudamente, la rentabilidad de las aseguradoras de riesgo de trabajo", explicó Segura. "Uno de los contenidos que el DNU pisotea es el carácter protectorio y progresivo de los derechos laborales en juego", agregó. También calificó al decreto como "insólito" y "regresivo".
 
De acuerdo a la Ley de Riesgos de Trabajo, las indemnizaciones se calculan tomando como base la remuneración de los trabajadores durante el año anterior a la primera manifestación que le impide trabajar. Luego de determinado ese monto, es necesario aplicar un mecanismo de actualización para evitar la desvalorización hasta el momento del cobro. Las críticas de los gremios y de los abogados laboralistas es que la aplicación de esta medida es retroactiva, ya que afecta a quienes padecieron accidentes y todavía no cobraron.
 
Desde la Unión de Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (UART), argumentan que el decreto intentó corregir "graves distorsiones" en la actualización de indemnizaciones por accidentes de trabajo. "No se puede indemnizar con tasas superiores al 100%, como venía ocurriendo hasta hoy, porque no hay rendimiento productivo ni financiero que genere esas rentas ni un inversor institucional como las ART que puedan legalmente acceder a ellas", señalaron. Según su visión, el decreto pone en eje lo que los valores astronómicos de la coyuntura actual de la tasa desvirtuaron.
 
Fuente: Infobae
 

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09-08-2026 / 17:08
08-08-2026 / 09:08
El naufragio de la ley de propiedad privada dejó al descubierto la incompetencia política oficialista, las internas feroces en la Casa Rosada y un estruendoso choque contra el límite de sus propios aliados, en medio de una profunda crisis económica y un acelerado desencanto de la sociedad y de sus propios votantes. Un escenario agravado luego de que la cuestión Malvinas alrededor de la selección de fútbol generara un clima nacionalista que colisionó de frente contra el cipayismo libertario y expuso su escaso arraigo popular.
 
El bochornoso traspié de la Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada en el Senado representa el síntoma terminal de un oficialismo cegado por el dogmatismo y desprovisto de oficio político. Lo que el Ejecutivo pretendía vender como un triunfo terminó convertido en un cascarón vaciado: acorralada por la falta de apoyo de los bloques dialoguistas, la Casa Rosada debió capitular y retirar apresuradamente los capítulos centrales de extranjerización de tierras y la flexibilización de la Ley de Manejo del Fuego. El dictamen final fue aprobado desflecado y reducido a menos de un tercio de sus ambiciones originales, dejando al desnudo que las mayorías parlamentarias no se edifican con bravuconadas de redes sociales ni con intervenciones torpes como las del senador Joaquín Benegas Lynch, cuyos insultos a los senadores aliados terminaron de dinamitar los puentes de negociación.
 
Fiel a su matriz refractaria a la autocrítica, la reacción de la conducción libertaria ante semejante derrumbe consistió en desatar una inmediata cacería interna de chivos expiatorios. En lugar de asumir los errores de cálculo de la gestión, la Casa Rosada liderada por Javier y Karina Milei optó por aislar y "freezar" al ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger, amagando con congelar el resto de sus proyectos en carpeta tras convertirlo en un yunque político. Al mismo tiempo, el enojo oficialista apuntó directamente contra Patricia Bullrich, a quien responsabilizan por fallar en la contabilidad de los votos y perder el control de la sesión. Este pase de facturas expone un gabinete frágil y fracturado, donde los propios arquitectos del programa gubernamental son arrojados a los leones ante la primera turbulencia institucional.
 
 
En última instancia, la mutilación de este proyecto emblemático expone el techo del modelo libertario: una administración que chocó de frente contra el límite de sus aliados e incapaz de sostener consensos duraderos. La incapacidad para articular mayorías y la constante tendencia a refugiarse en la intransigencia demuestran que el dogmatismo autoritario se vuelve impotente ante la dinámica republicana. Con Sturzenegger desautorizado y Bullrich golpeada políticamente, el gobierno ingresa en una peligrosa fase de insularidad y parálisis parlamentaria, donde la falta de muñeca política condena al oficialismo a multiplicar derrotas mientras la gestión cotidiana se consume entre internas feroces e improvisación.
 
De la redacción de La Opinión Popular

06-08-2026 / 14:08
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