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Nacionales - 09-10-2019 / 10:10
EL FALLO SOSTIENE QUE LA NORMA FIRMADA POR EL PRESIDENTE ES "DE CARÁCTER BURDO" E "IMPROPIA DEL ESTADO DE DERECHO"

Declaran inconstitucional el DNU de Macri que redujo indemnizaciones por accidentes laborales

Declaran inconstitucional el DNU de Macri que redujo indemnizaciones por accidentes laborales
El juez laboral Alejandro Segura declaró la "inconstitucionalidad" del decreto de necesidad y urgencia (DNU) del presidente Mauricio Macri que redujo las indemnizaciones por accidente de trabajo o muerte. El fallo considera que la retroactividad planteada en esa medida viola la legislación vigente.
El juez laboral Alejandro Segura declaró la "inconstitucionalidad" del decreto de necesidad y urgencia (DNU) del presidente Mauricio Macri que redujo las indemnizaciones por accidente de trabajo o muerte. El fallo considera que la retroactividad planteada en esa medida viola la legislación vigente.
 
En su fallo el magistrado consideró que la retroactividad argumentada en el artículo tercero en el decreto 669/2019 publicado la semana pasada en el Boletín Oficial no puede afectar las causas que ya estaban en marcha. El cuestionado artículo dice que las modificaciones dispuestas en ese DNU "se aplicarán en todos los casos, independientemente de la fecha de la primera manifestación invalidante".
 
Segura se expidió en una causa iniciada por el periodista Miguel Ángel "Tití" Fernández, que reclamó a la aseguradora de riesgos de trabajo Experta ART SA y a Galeno ART una indemnización por las afecciones que sufrió tras la muerte de su hija, mientras él cubría el Mundial de Brasil 2014.
 
En su resolución, Segura utilizó lenguaje inclusivo y cuestionó duramente al decreto de Macri. "¿Puede un DNU establecer una norma menos beneficiosa para lxs trabajadorxs? ¿Puede un DNU determinar su aplicación retroactiva?", preguntó el magistrado.
 
Dijo que respondería a ambas preguntas "en forma negativa" por "el manifiesto carácter burdo que tiene esta norma, impropia del Estado de Derecho, seguramente urdida por personas incapaces de aprobar un parcial de Derecho Civil Parte General".
 
Si el criterio del decreto Macri se pusiera en práctica, esa demanda quedaría atrapada en una retroactividad que iría en contra de la legislación vigente al momento en que fue presentada.
 
El fallo determina que las aseguradoras deberán abonarle a Fernández lo que le corresponde según el origen de la demanda y a valores actuales, y declara explícitamente "la inconstitucionalidad e inconvencionalidad del artículo 3º del decreto 669/2019".
 
El cuestionado DNU de Macri había recibido el lunes pasado un dictamen en contra presentado por el fiscal Gabriel De Vedia, que dio curso a un amparo colectivo presentado por el Colegio de Abogados de Capital Federal.
 
Al hacer lugar a esa cautelar, el titular de la Fiscalía Nacional del Trabajo Nº3 pidió suspender la aplicación del decreto que modificó el cálculo de indemnizaciones por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales vigentes en la ley 24.557.
 
La Opinión Popular

 
"Tití" Fernández logró que declararan inconstitucional el DNU que modifica el cálculo de indemnizaciones por accidentes laborales
 
El periodista realizó una presentación en un caso que lo tiene como protagonista y el juez Alejandro Segura calificó al decreto como "insólito" y regresivo". El Gobierno buscaba aplicar un cálculo de actualización por el índice de salarios y no por las tasas de interés de los bancos
 
El juez Alejandro Segura, del juzgado 41 del fuero laboral, declaró inconstitucional en un fallo de primera instancia el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) del Gobierno que había modificado la fórmula para calcular las indemnizaciones laborales. El caso al que se refiere el fallo corresponde a la demanda por indemnización por accidente de trabajo del periodista Miguel "Titi" Fernández, por problemas coronarios, de alta presión y de estrés postraumático luego de la cobertura del Mundial de Fútbol de Brasil, en el año 2014, donde falleció su hija.
 
"El Estado mediante este DNU ha conseguido transferirle las cargas de su fallida política económica a los más necesitados", expresó Segura en su fallo. A través de este decreto (669/2019), el Gobierno modificó la forma de calcular los montos y los intereses de las indemnizaciones por accidentes de trabajo, incapacidad laboral definitiva o fallecimiento del trabajador con el objetivo de evitar un "desfinanciamiento" de las empresas aseguradoras.
 
Previo al decreto, el cálculo de los intereses del monto de las indemnizaciones se realizaba según la tasa activa de los bancos. Pero el Gobierno determinó que se pase a utilizar la variación del índice Remuneraciones Imponibles Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE). La tasa anual del Banco Nación es del 71,77% y la tasa efectiva es del 100,82%, mientras que el RIPTE durante todo 2018 fue de 30,6%. Por lo tanto, los montos finales se reducirán considerablemente.
 
"Este DNU solo tiende a regular un aspecto acotado de la realidad, digámoslo crudamente, la rentabilidad de las aseguradoras de riesgo de trabajo", explicó Segura. "Uno de los contenidos que el DNU pisotea es el carácter protectorio y progresivo de los derechos laborales en juego", agregó. También calificó al decreto como "insólito" y "regresivo".
 
De acuerdo a la Ley de Riesgos de Trabajo, las indemnizaciones se calculan tomando como base la remuneración de los trabajadores durante el año anterior a la primera manifestación que le impide trabajar. Luego de determinado ese monto, es necesario aplicar un mecanismo de actualización para evitar la desvalorización hasta el momento del cobro. Las críticas de los gremios y de los abogados laboralistas es que la aplicación de esta medida es retroactiva, ya que afecta a quienes padecieron accidentes y todavía no cobraron.
 
Desde la Unión de Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (UART), argumentan que el decreto intentó corregir "graves distorsiones" en la actualización de indemnizaciones por accidentes de trabajo. "No se puede indemnizar con tasas superiores al 100%, como venía ocurriendo hasta hoy, porque no hay rendimiento productivo ni financiero que genere esas rentas ni un inversor institucional como las ART que puedan legalmente acceder a ellas", señalaron. Según su visión, el decreto pone en eje lo que los valores astronómicos de la coyuntura actual de la tasa desvirtuaron.
 
Fuente: Infobae
 

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10-05-2026 / 14:05
Frente a un auditorio que colmó la capacidad de la Sala José Hernández, Axel Kicillof transformó la presentación de su libro en un acto de resistencia intelectual contra el avance del anarcocapitalismo en Argentina. Con una defensa cerrada de la intervención estatal y la justicia social, el gobernador bonaerense utilizó el pensamiento de Keynes para desnudar las falencias de un modelo nacional que, bajo la promesa de libertad, solo parece ofrecer recesión y exclusión. Su mensaje fue una advertencia clara: el verdadero peligro para el futuro del país no reside en los proyectos populares, sino en la impericia de una gestión que ignora la historia y la teoría económica básica.

"Si Keynes viera lo que está pasando en la Argentina, se vuelve a morir. Estamos ante un experimento que ignora las fallas de mercado que el propio Keynes describió hace casi un siglo", sentenció Kicillof ante un público que seguía cada definición técnica con atención política.


En lo que muchos leyeron como un paso decisivo hacia la reconstrucción del peronismo, Kicillof se posicionó como el principal antagonista político y teórico de Javier Milei. Entre citas académicas y definiciones políticas de alto voltaje, el mandatario dejó en claro que la provincia de Buenos Aires funciona hoy como el último bastión contra el ajuste desmedido y como el laboratorio de una alternativa de gobierno para 2027. Fue lanzamiento de una obra de Economía; pero también fue la presentación de un programa de soberanía económica diseñado para enfrentar el "riesgo país" que representa el actual experimento libertario.


De la redacción de La Opinión Popular

09-05-2026 / 10:05
07-05-2026 / 15:05
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