Nacionales - 02-12-2018 / 15:12
"DOCTRINA CHOCOBAR"
El Gobierno de Macri autorizó a la Policía a usar armas de fuego y podrían emplearse contra manifestantes
La ministra Patricia Bullrich creó reglamento que modifica el uso de armas de fuego: permite a la Policía disparar contra la persona que huye. En los 70, Bullrich fue integrante del sector más militarista de la organización guerrillera Montoneros. En este caso se trataría de una persona desquiciada por un motivo específico: su paso por un conflicto bélico. Toda persona que haya padecido una guerra puede, tranquilamente, ver alterada su razón o dedicarse al alcohol. Esta situación se hizo más contundente al cabo de la Primera Guerra Mundial. Muchos soldados sufrieron terribles consecuencias psicológicas durante su desarrollo, por ello los “locos de la guerra” comenzaron a ser personajes frecuentes entre la población ni bien terminó aquella terrible contienda.
El policía Luis Chocobar está procesado por un crimen que el gobierno de Mauricio Macri se propone reglamentar: el 27 de noviembre, a dos días del inicio del G20, la ministra Patricia Bullrich elevó una resolución que autoriza a los miembros de las fuerzas de seguridad a disparar contra quien "se fugue luego de haber causado, o de haber intentado causar, muertes o lesiones graves".
Eso fue, precisamente, lo que hizo Chocobar. El 8 de diciembre pasado, el policía disparó por la espalda y mató al pibe chorro Pablo Kukoc, de 18 años, quien huía tras asaltar y apuñalar a un turista yanqui en La Boca. Por esa acción, el propio Macri lo calificó de "héroe" y ejemplo a seguir. Pero en octubre pasado, la Corte Suprema ratificó el procesamiento del policía por "homicidio agravado en exceso del cumplimiento del deber".
Con la resolución que elaboró el ministerio, sin embargo, los policías que apliquen la "Doctrina Chocobar" podrán ampararse en el nuevo "Reglamento General para el Empleo de las armas de fuego por parte de los miembros de las Fuerzas Federales de Seguridad", que se detalla en el anexo de la norma.
El reglamento modifica de modo drástico los criterios de precaución que hasta ahora debían aplicar los efectivos antes de accionar sus armas de fuego. Además de convalidar acciones como las de Chocobar, la nueva norma amplía la discrecionalidad interpretativa de los tiradores.
En el artículo 2°, por caso, establece que el tirador podrá hacer "uso de las armas de fuego cuando resulten ineficaces otros medios no violentos" para proceder "a la detención de quien represente un peligro inminente y oponga resistencia a la autoridad".
¿Qué significa, para la norma, un "peligro inminente"? El artículo 5 ofrece algunas pistas. El inciso b) sostiene que un "presunto delincuente" es pasible de ser baleado cuando "posea un arma letal, aunque luego de los hechos se comprobase que se trataba de un símil de un arma letal". Es decir, un efectivo podría disparar contra un asaltante munido de una pistola de juguete.
La recomendación va en contra de la jurisprudencia y los protocolos que establecen criterios de moderación en el uso de la fuerza para reducir al mínimo los daños humanos, en proporción a la gravedad del delito que se persiga. El reglamento elaborado por Bullrich, en cambio, da vía libre para disparar "cuando se presuma verosímilmente que el sospechoso pueda poseer un arma letal", sin esperar que haya constatación ni, mucho menos, enfrentamiento.
Con el nuevo reglamento un policía en situación de "cacería" -como las ejecutadas durante las últimas manifestaciones- podría argumentar que se vio forzado a utilizar su 9 mm porque lo superaban en número. O porque los manifestantes le impedían "el debido cumplimiento del deber". Así, se formalizan situaciones que hasta ahora eran caracterizadas como hechos de gatillo fácil.
La Opinión Popular
Bullrich creó reglamento que modifica el uso de armas de fuego: permite a la Policía disparar contra la persona que huye
La resolución que modifica la normativa respecto al uso de armas de fuego se da en medio de la Cumbre del G20 y no fue publicada en el Boletín Oficial, como es habitual para este tipo de normativas; fuerte preocupación en organismos de derechos humanos
Patricia Bullrich creó un reglamento que modifica la normativa sobre el uso de armas de fuego por parte de las fuerzas de seguridad, que, en uno de sus artículos, permite que la Policía dispare contra la persona que huye.
Según la resolución 956/2018 a la que tuvo acceso NA, la ministra creó el "Reglamento General para el empleo de las armas de fuego por parte de los miembros de las fuerzas federales de seguridad", el que entraría en vigencia luego que ser publicado en el Boletín Oficial, lo cual aún no sucedió.
Sin embargo, voceros del Ministerio de Seguridad, indicaron a NA que "esta medida ya está en vigencia y se contempla su aplicación para situaciones de peligro inminente de ataque con armas letales contra las figuras de los líderes presentes en la Argentina durante la Cumbre del G20. Este reglamento lo homologan las custodias de líderes extranjeros".
Pero en la resolución 2018/956 que tiene fecha del pasado martes 27 de noviembre, no hay ninguna referencia a la Cumbre del G20.
Los voceros consultados, a su vez, no respondieron si después de la Cumbre del G20 esa resolución seguirá siendo válida.
"Sólo podrán usar las armas en cumplimiento de sus deberes cuando sea estrictamente necesario y en la medida que lo requiera el desempeño de sus tareas", se indica en el Artículo 1 del Reglamento.
Sin embargo, en el artículo 5, inciso F, se señala, entre otras situaciones, que se podrá hacer uso del arma de fuego cuando la persona "se fugue luego de haber causado, o de haber intentado causar, muertes o lesiones graves".
En tanto, que en el artículo 2 se plantea que se hará uso de las armas de fuego "cuando resulten ineficaces otros medios no violentos" y que se usará en los siguientes casos: a) En defensa propia o de otras personas, en caso de peligro inminente de muerte o de lesiones graves; b) Para impedir la comisión de un delito particularmente grave, que presente peligro inminente para la vida o la integridad física de las personas; c) Para proceder a la detención de quien represente ese peligro inminente y oponga resistencia a la autoridad; d) Para impedir la fuga de quien represente ese peligro inminente, y hasta lograr su detención.
Tras conocerse la Resolución, especialistas del derecho consultados comentaron que la nueva normativa justifica que la Policía dispare contra las personas "en muchos casos hoy prohibidos o cuanto menos dudosos".
"La normativa es ilegal y permite disparar contra la persona que huye", indicaron los especialistas que comentaron que "ahora los federales de todas las fuerzas podrán decir que la resolución los obliga a disparar y zafarán porque obedecieron su normativa y no pueden ser condenados por cumplir su deber".
Este reglamento causó una fuerte preocupación en distintos organismos de derechos humanos. Por ejemplo, la abogada y titular de la CORREPI, María del Carmen Verdú, sostuvo que la normativa "es un escándalo". "Esta resolución no fue publicada en el Boletín Oficial cuando cualquier tipo de reglamentación de esta naturaleza debe ser conocida por cualquier miembro de las fuerzas de seguridad, deben estar visibles en cada comisaría", dijo.
Fuente: Diario Popular