La Opinión Popular
                  22:33  |  Domingo 04 de Enero de 2013  |  Entre Ríos
El clima en Paraná

Por
“Esta gloriosa Revolución Libertadora se hizo para que, en este bendito país, el hijo del barrendero muera barrendero”. Almirante Arturo Rial.
Recomendar Imprimir
Nacionales - 28-09-2016 / 10:09
UN JUEZ FEDERAL ORDENO SUSPENDER EL AUMENTO PARA PYMES, CUENTAPROPISTAS Y MONOTRIBUTISTAS

Cayó la otra mitad del tarifazo del gas

Cayó la otra mitad del tarifazo del gas
Miguel Hugo Vaca Narvaja, juez federal de Córdoba, concedió una cautelar a Apyme y ordenó refacturar el gas entre abril y septiembre con el cuadro tarifario vigente al 31 de marzo. La medida cautelar abunda en las razones que justifican la acción colectiva en favor de pymes, clubes de barrio, cooperativas y hasta unidades económicas individuales, en el daño común que las afecta por el tarifazo al gas y el porqué de su alcance a todo el país. Será apelada por el Gobierno.
Otro revés judicial para el gobierno de Mauricio Macri. El juez federal de Córdoba, Hugo Vaca Narvaja, recogió el guante de lo que la Corte Suprema de Justicia había dejado sin incluir cuando le puso freno al tarifazo para los usuarios residenciales, e incluyó en su cautelar a las pequeñas y medianas empresas.
 
En una resolución que se conoció ayer, el juez hizo lugar al amparo que presentó la Asamblea de Pequeños y Medianos Empresarios (Apyme) y amplió el beneficio para las medianas empresas de todo el país, además de los cuentapropistas, productores agrarios, prestatarios de servicios (taxistas y remiseros) y demás monotributistas que habían quedado fuera de la resolución del 18 de agosto, cuando la Corte amparó a los usuarios de gas residenciales del aumentazo decretado por el gobierno de Macri.
 
"Esta es la primera medida cautelar en ese sentido en todo el territorio nacional", dijo el abogado y ex juez Miguel Rodríguez Villafañe, quien junto a Eduardo Fernández, titular nacional de Apyme, presentaron el recurso de amparo que -por sorteo- recayó en el Juzgado Federal N° 3 que preside Vaca Narvaja. El juez estimó que en veinte días resolverá sobre el fondo de la cuestión. Es decir, sobre la nulidad, pedida por Apyme, de las resoluciones del Ministerio de Energía que ordenan el tarifazo.
 
Por lo pronto, ordenó retrotraer las tarifas del servicio de gas "con anterioridad al 31 de marzo de 2016", y ordenó al Enargas que "proceda a la refacturación de los consumos efectuados desde el 1° de abril de 2016 hasta la fecha (27 de septiembre)". El juez también dejó en claro que "las prestadoras del servicio de distribución deberán adoptar las medidas necesarias para posibilitar el pago de las facturas adeudadas en cuatro cuotas mensuales, iguales y consecutivas, sin intereses ni recargos relacionados con falta de pago".
 
Vaca Narvaja englobó a los beneficiarios de lo que llamó "derechos que atañen a las pequeñas y medianas empresas, derechos de incidencia colectiva referentes a intereses individuales homogéneos", y consideró "razonable la realización de un solo proceso con efectos expansivos para toda la categoría". Según la resolución del juez, "en caso contrario estaríamos impulsando a todas las pequeñas y medianas empresas del país a concurrir a la justicia de manera individual, lo que llevaría a la saturación de los juzgados federales de la Nación".
 
La Opinión Popular

LAS CLAVES DEL AMPARO OTORGADO POR LA JUSTICIA FEDERAL
 
Razones que no caben en un Excel
 
El Ministerio de Energía y Minería apelará, dentro del plazo de 48 horas, la decisión del juez federal Hugo Vaca Narvaja ordenando al Enargas retrotraer las tarifas del gas al 31 de marzo a pymes, cooperativas, clubes, profesionales, cuentapropistas, prestadores de servicios personales, productores agrarios y demás unidades económicas pequeñas.
 
En el término de veinte días, el magistrado cordobés prevé que estará en condiciones de dictar el fallo sobre la cuestión de fondo (la nulidad o no de las resoluciones dictando el aumento sin audiencia pública). Si en tal ocasión, mediara una nueva apelación del Estado nacional, será la Corte de Apelaciones de Córdoba la que defina, quedando como última instancia la Corte Suprema.
 
Si así ocurriera, la controversia por el tarifazo entre el gobierno y las pymes terminará haciendo el mismo recorrido que el resultante en el caso de la demanda del Cepis, que derivó en la nulidad de los aumentos dictada por la Cámara de Apelaciones de La Plata, luego ratificada por la Corte Suprema pero sólo parcialmente.
 
 
Acción colectiva
 
La Corte Suprema de Justicia de la Nación había excluido a los usuarios no residenciales, en general, de su resolución del 18 de agosto pasado, en la que ordenaba la "nulidad" de los aumentos de gas hasta tanto se diera lugar a la correspondiente audiencia pública, argumentando que la demanda del Centro de Estudios para la Promoción de la Igualdad y la Solidaridad "sólo estaba circunscripta al colectivo de los usuarios residenciales".
 
En su resolución de ayer, el juez Vaca Narvaja consideró, respecto de la demanda presentada por Apyme, "razonable" la representación colectiva "en defensa de los derechos e intereses del colectivo integrado por los pequeños y medianos industriales, comerciantes, prestatarios de servicios, productores agrarios, sectores medios, cuentapropistas, profesionales y otros afines".
 
"Atañen a las pequeñas y medianas empresas derechos de incidencia colectiva referentes a intereses individuales homogéneos, al invocar como hecho único el aumento excesivo y desproporcionado de la tarifa de gas, que provocarían una lesión económica a todos y a cada uno de ellos", apunta la resolución. "Siendo identificable una homogeneidad fáctica y normativa que desembocan en un evento perjudicial para sus economías, considero razonable la realización de un solo proceso con efectos expansivos para toda la categoría", define más adelante.
 
 
Alcance nacional
 
Ese efecto expansivo al que alude el juez implica que su sentencia es válida para todos los usuarios de la categoría implicada en la denuncia. Pero, además, por ser ésta la primera causa colectiva aceptada por un juez federal, y quedar inscripta como tal ante la Corte Suprema, el alance de la sentencia es de carácter nacional. Así lo explicó el propio magistrado en una entrevista posterior ("Secreto de sumario", Radio del Plata), basándose en la Acordada número 32 de la Corte Suprema, del año 2014.
 
La Resolución de la Corte del 18 de agosto había establecido que "la audiencia pública como procedimiento previo" a la definición de un nuevo esquema tarifario resulta obligatoria, "un requisito esencial para la adopción de de decisiones en materia de tarifas, resultando claro que las decisiones adoptadas por el Ministerio de Energía y Minería no han respetado el derecho a participación de los usuarios bajo la forma de audiencia pública previa". En consecuencia, Vaca Narvaja consideró prima facie que "los integrantes del colectivo conformado en los presentes autos tendrían el mismo derecho".
 
 
Daño verificable
 
En cuanto al "daño" para los usuarios que pudieran derivarse del tarifazo cuestionado, el juez señala que "cabe considerar prima facie las características del aumento tarifario, concebido en un contexto de dificultad económica para el sector de las pequeñas y medianas empresas del país, con un alto índice de inflación (superior al 40 por ciento anual), sumado a la baja de ventas en general, al aumento de la desocupación y a la época del año del anuncio (pleno invierno), que ha condicionado al sector representado por la actora de manera evidente, clara, fácilmente perceptible, sin necesidad de acudir a mayores probanzas o consideraciones sobre hechos que son públicos y notorios. Debe sumarse para el colectivo, como factor agravante, la inminencia de aumentos de otros servicios públicos, como energía eléctrica y agua".
 
Situación que no se modifica "aun con el límite del 500 por ciento" que el propio ministerio dispuso luego para los aumentos, señala el magistrado. Por todo lo expuesto, el magistrado hizo lugar al amparo y mantener "la continuidad del cuadro tarifario" previo al tarifazo, hasta dentro de 90 días (27 de diciembre de 2016).
 
Por Raúl Dellatorre
 
Fuente: Página12
 

Agreganos como amigo a Facebook
04-01-2026 / 17:01
La doctrina "Donroe" (Donald + Monroe) arrasa con la prevención que tuvo hasta George W. Bush para no ser confundido con la ilegalidad de los setenta en América Latina. Al amigo narco de Honduras, todo; al dictador "comunista" de Venezuela, ni justicia. Sin épica, ni coherencia, ni discurso; prima la violencia de los hechos. Milei se recluye en el papel que se asignó: rabia y goce.
 
Aunque Trump gaste algunas palabras sin convicción, no promete la victoria de la libertad frente al totalitarismo como en la Guerra Fría, ni la primacía de la razón en el choque de civilizaciones desatado tras la caída del Muro de Berlín. Vocifera la guerra contra el comunismo, un enemigo casi inexistente. En rigor, el magnate no dedica mucha energía al engaño: quiere asegurar(se) negocios.
 
Ayer se cumplió un mes del indulto de Trump a Juan Orlando Hernández, expresidente de Honduras, condenado por narcotráfico a 45 años de prisión por un tribunal federal de Nueva York. Testimonios tomados en cuenta por el jurado indican que Hernández recibió al menos USD 1 millón del Chapo Guzmán y que se vanagloriaba de "meter la droga a los gringos en sus narices".
 
El fallo del jurado fue unánime, pero, como Hernández es derechista y su delegado en la elección reciente de Honduras, Nasry Asfura, promete seguir la agenda ultra, Trump lo dejó en libertad. Maduro será trasladado a Nueva York para ser juzgado por narcotráfico en los próximos días. Probablemente le tocará el mismo tribunal que juzgó a Hernández, pero éste lo mirará desde alguna finca de lujo entre Florida o Tegucigalpa.
 
Tampoco hay que prestar atención a los versículos sobre el amor por la democracia y contra los crímenes de lesa humanidad. Ello no está en la agenda real de Trump ni de Milei. El primer ministro israelí, Benjamin Netanyahu, tiene pedido de captura de la Corte Penal Internacional por sus supuestos crímenes de lesa humanidad, mientras Israel como Estado es juzgado por genocidio en la Corte Internacional de Justicia.
 
Son procesos que se rigen por el derecho internacional, con acusaciones, testigos, expertos y defensas garantizados por la ley. El presidente estadounidense no sólo desconoce esos procesos, sino que activa sanciones abusivas contra investigadores, jueces y fiscales que los llevan a cabo.
 
Maduro se transformó en un dictador y está acusado de delitos contra la humanidad, pero nadie puede sospechar que un mandatario, Trump, que dispara misiles contra barcazas y coquetea con supremacistas de su país tiene alguna intención real de combatir el narcotráfico ni los abusos de los derechos humanos. Qué decir de Milei, gozador patológico con los apaleamientos a jubilados y familiares de discapacitados, y negacionista del terrorismo de Estado.
 
El Presidente y los suyos entraron en éxtasis ayer por la mañana. Agustín Romo, presidente del bloque de La Libertad Avanza (LLA) en la Cámara de Diputados de la provincia de Buenos Aires y uno de los fieles de mayor peso de gurú Santiago Caputo, se sintió poseído por un protagonismo hollywoodense para explicar la razón real del ataque de Trump a Venezuela.
 
"Why? Because we fucking can. And if we can, we do" ("¿Por qué? Porque podemos, carajo. Y si podemos, lo hacemos"). Su segundo mensaje fue contra Axel Kicillof. "Sos un zurdo hijo de puta que defiende dictadores, asesinos y narcotraficantes. No metas a los bonaerenses en tu mierda, forro", posteó el jefe de la oposición de la principal provincia argentina ante la condena del gobernador de Buenos Aires a la intervención armada yanqui.
 
No se trató de un arrebato circunscripto a un integrista católico enardecido como Romo. Pablo Quirno, veterano del JP Morgan, ahora ocupa el cargo de canciller. También se dirigió a Kicillof a través de un reposteo. "Ya que les gusta tanto el derecho, empezá por cerrar bien el orto, enano comunista". La brutalidad de la época avergüenza, pero la historia demostró que no concluye en sus destellos más revulsivos.
 

02-01-2026 / 10:01
El 26 de abril de 1933, en Alemania, Hermann Göring establece la policía secreta nazi Gestapo. Fue la policía secreta oficial de la Alemania nazi. En los juicios de Núremberg, la Gestapo fue considerada una organización criminal. La función de la Gestapo era la de investigar y combatir todas las tendencias peligrosas para el Gobierno. Tenía autoridad para investigar los casos de traición, espionaje y sabotaje, además de los casos de ataques al Partido oficial y al Gobierno.

La norma de 1936 que regulaba su actuación le otorgó carta blanca y la situó por encima de la ley al excluirla de cualquier forma de control judicial. El poder de la Gestapo que más le permitía abusar era la Schutzhaft o custodia preventiva, un eufemismo para designar los encarcelamientos sin procedimientos legales, típicamente en campos de concentración. La persona encarcelada incluso tenía que firmar su propio Schutzhaftbefehl (documento donde declaraba su deseo de ser encarcelada). Esto se lograba sometiéndola a tortura.

El demente argentino que nos preside, copiando al demente alemán que perdió la Segunda Guerra Mundial, creó su propia Gestapo, una SIDE que puede detener, desde este viernes, a cualquier ciudadano en base a una reforma del sistema nacional de inteligencia impuesta por la vía unilateral e inconstitucional del decreto de necesidad y urgencia (DNU). 
Además, a la SIDE se la ha sumado un cuantioso presupuesto de gastos reservados, sin rendición de cuentas, para sobornar, legisladores, jueces y periodistas.


Tal vez por las dificultades que el Gobierno vislumbra en el futuro cercano, acaso por los efectos políticos y sociales que podría tener un brutal ajuste que no puede dejar de replicarse, posiblemente por su creciente tendencia a la política de hecho y el autoritarismo o por una combinación de todos esos factores, el Gobierno arranca el año con el DNU 941/2025, publicado este viernes en el Boletín Oficial.

Es nefasto que una reforma sobre una materia tan delicada y de contenido tan controvertido haya trascendido primero, durante el feriado de Año Nuevo, en medios y círculos políticos, y su articulado circuló ampliamente en las redes sociales. ¿Pero cómo no habría de ser así cuando en la Argentina gobernada por la extrema derecha los servicios de inteligencia contarán con autoridad para arrestar gente en contextos diversos, potestad que evoca las vigentes en la última dictadura?

Milei esperó a que se terminaran las sesiones extraordinarias del Congreso para firmar un DNU que produce una reforma total del sistema de inteligencia. La recientemente resucitada Secretaría de Inteligencia del Estado (SIDE) incrementará su poder y su opacidad. Todas las actividades de la central de espías pasarán a ser "encubiertas".
 
Los agentes podrán aprehender personas y el Señor Cinco podrá convocar a las Fuerzas Armadas para que hagan tareas de inteligencia interior. Fuerza Patria, el socialismo, la Coalición Cívica y el FIT coinciden en señalar que el espionaje político estará a la orden del día. "Es una reforma muy regresiva y peligrosa", denunció Paula Litvachky, directora del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS).
 
Hay cinco puntos especialmente graves: la posibilidad de detener sin orden judicial; que las Fuerzas Armadas y las fuerzas de seguridad van a poder hacer tareas de inteligencia interior cuando la SIDE lo requiera; que los militares van a negociar el presupuesto y los recursos con el jefe de la SIDE; la eliminación de la DNIEM, que profundiza la politización de la defensa militar; y la contrainteligencia que investigará las fugas de información, en lo que será una maniobra para perseguir al periodismo crítico.
 
La Opinión Popular
 

 

01-01-2026 / 21:01
Primero, el gobierno para los ricos de Javier Milei arremete contra el poder adquisitivo de sectores medios pisando salarios, destruyendo empleos de calidad y con políticas que alteran los precios relativos en detrimento de la demanda a través la liberalización brusca de precios en rubros de gastos insustituibles que aumentan considerablemente más que la medición oficial de inflación (como en salud, tarifas de servicios públicos, combustibles y alquileres).
 
De esa forma, consiguieron neutralizar el boom del consumo en rubros distintivos del paisaje urbano nacional, como en este caso del sector gastronómico, asimilando progresivamente el perfil local de consumo al común de las ciudades latinoamericanas que carecen de sectores de ingresos medios nutridos.
 
Sus sociedades son mucho menos integradas, es habitual la existencia de circuitos exclusivos para la clase alta y otros para la clase baja y casi no hay espacios comunes, como los que están depredándose hoy en Argentina. Liquidados estos negocios por el derrumbe de las ventas, las propiedades pueden ser compradas con menor dificultad. Es un primer obstáculo eliminado en favor del negocio inmobiliario.
 
Un segundo paso necesario para alcanzar los objetivos del gobierno de Milei es exhibir un desconocimiento absoluto del problema distributivo negando terminantemente sus efectos e inclusive, para intentar validar su relato, manipulando las estadísticas oficiales. Desde el oficialismo, repiten hasta el hartazgo que el consumo no cae y atacan a todo aquel que lo insinúe. Ricardo Darín puede dar fe.
 
Los medios de comunicación más influyentes tampoco hacen eco del drama de la gran mayoría de los comercios. No sólo de gastronomía. Es muy difícil encontrar un rubro en los dos últimos años, no vinculado al negocio financiero, de extracción de recursos naturales o de energía, que hoy se salve de la depresión.
 
Con un estilo más sofisticado que el de Guillermo Moreno, mejor tecnología y blindaje mediático operan sobre el Indec. Lo principal no radica en una medición subestimada de la inflación que, por caso, entre noviembre de 2023 y el mismo mes de 2025 arrojó 18,5 puntos porcentuales menos de aumentos de precios que el IPC de la Ciudad de Buenos Aires. Ahí no está el grueso del ocultamiento del deterioro de los ingresos.
 
El gobierno se concentra en aplicar cambios metodológicos en áreas de impacto en los grandes números de la economía, pero donde, al mismo tiempo, existen dificultades de medición rigurosa. De esa forma, evitan que surjan estudios frecuentes y consistentes que puedan contradecirlos de forma contundente.
 
Sin embargo, los cambios metodológicos en el cálculo de la evolución de los salarios de los trabajadores informales derivan en resultados grotescos. Esconden el drama social de disminución del consumo e inciden de forma determinante en una virtual disminución de la pobreza.
 
Según los datos oficiales, la informalidad laboral alcanzó el 43,3% en el tercer trimestre de 2025. No obstante, en base a la medición salarial del Indec, el crecimiento de la informalidad debería entenderse como algo natural y que inclusive debería haber sido considerablemente mayor (en el cuarto trimestre de 2023 era de 41,4%).
 
Esos trabajadores, según las mediciones oficiales, a lo largo de los dos últimos años consiguieron vencer por goleada a la inflación y lograron también aumentos salariales muy superiores a los obtenidos por los trabajadores registrados, tanto del sector público como del privado. Todo eso a pesar de haber tenido que soportar una crisis que incluyó en diciembre de 2023 la segunda mayor devaluación en 35 años y picos históricos de inflación.
 

31-12-2025 / 09:12
Para disimular el ajuste, las coimas a Karina Milei y los sobreprecios con los medicamentos para personas con discapacidad, el Gobierno directamente cerró la Andis. Pasará a ser una secretaría en el área de Salud y el cambio impactará de lleno en la vida de los afectados, ya que sus funciones serán degradadas y recortadas, contra las recomendaciones de la ONU que tienen rango constitucional desde 2008. El jefe de Gabinete, Manuel Adorni, dijo que la medida busca transparencia, pero omitió referirse a la causa por sobreprecios que involucra a altos mandos de la Casa Rosada. El organismo, que ya había sido desguazado, volverá a regirse por el "modelo médico" descartado hace décadas.
 
Si hubo corrupción en discapacidad, que al menos no se note tanto. Mientras la causa de las coimas avanza a paso firme en Comodoro Py -la semana pasada declaró Ornella Calvete, una de las imputadas por los sobreprecios en la compra de medicamentos -el Gobierno decidió borrar del organigrama del Estado a la Agencia Nacional de Discapacidad, cuya sigla Andis se había popularizado a la par del "tres por ciento para Karina (Milei)" gracias a los audios filtrados de su extitular, Diego Spagnuolo.
 
"La Andis, como la conocemos, dejará de existir", anunció Adorni. La medida tiene su peso simbólico, pero también práctico: las funciones del organismo serán degradadas y recortadas, y pasará a ser una mera secretaría dentro del Ministerio de Salud. Perderá su autonomía y su transversalidad, contradiciendo las recomendaciones de la Convención de la ONU a la que el país adhirió con rango constitucional en 2008.
 
El anuncio llegó en el último día hábil del año, como la frutilla del postre de un 2025 marcado no sólo por las coimas y la revelación de un entramado organizado para el robo a las personas con discapacidad, sino también por el ajuste brutal a las instituciones que les brindan apoyo en salud y educación, además del recorte en las pensiones, algo que también está proyectado para el 2026.
 
Así figura en las metas del presupuesto, que prevé dar de baja a casi 200 mil beneficiarios, por más que el propio Adorni haya querido acusar a la prensa de mentir sobre el tema en su conferencia de ayer. Ese ajuste también consta en las obligaciones de recorte del gasto que el Gobierno firmó con el FMI a mediados de este año.
 
Para justificar la medida, el jefe de gabinete sostuvo que el objetivo buscado fue "eliminar toneladas de capas burocráticas, descontrol administrativo y manejos incompatibles con una política transparente", que arrastraba la Andis. De las coimas, nada.
 
Entre esos "manejos incompatibles" con la transparencia reiteró el artilugio de las pensiones mal otorgadas (omitió recordar su paso de comedia cuando divulgó la fake news de la "radiografía del perro") y al combo le agregó "médicos que avalan trámites sin respaldo clínico y organizaciones que facturaron sin prestar servicios (SIC)".
 
Nada dijo, en esa materia, sobre las coimas que empresarios farmacéuticos les pagaban a los funcionarios de su propio gobierno, como Karina, tal como consta en la causa que llevan adelante el fiscal Franco Picardi y el juez Sebastián Casanello.
 
En paralelo a la causa de Comodoro Py, sobre el propio Adorni y otros funcionarios del Gobierno pesa un fallo de la justicia federal de Campana que les dio la semana pasada cinco días hábiles para aplicar a fondo la Ley de Emergencia en Discapacidad, bajo apercibimiento de multas económicas y la posibilidad de que se abra otra investigación penal por incumplimiento de los deberes.
 

30-12-2025 / 10:12
La llamada "doctrina Bullrich", con la que el Gobierno nacional se regodea y pretende exaltar la cruel política represiva instalada por la exministra de Seguridad, encontró un fuerte límite judicial. El juez en lo contencioso administrativo Martín Cormick declaró la "nulidad" e "ilegitimidad" del "protocolo antipiquetes" o "antiprotesta" que convirtió la protesta social en un delito en flagrancia y que fue utilizado durante estos dos primeros años de administración libertaria para atacar a quienes se manifiestan en defensa de derechos con la excusa de despejar la calle, para infundir temor y desmovilizar.
 
La resolución es la respuesta a un amparo colectivo promovido por el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) al que adhirieron numerosas organizaciones, sindicatos, movimientos sociales, dirigentes e incluso personas afectadas en las movilizaciones. Rápidamente, el Gobierno respondió que apelará la declaración del juez federal.
 
El famoso "Protocolo para el mantenimiento le orden público", una creación que Bullrich anunció apenas llegó Javier "el Loco" Milei a la presidencia, se plasmó en la Resolución 943/23 que, según el juez, se "inmiscuye" en facultades que solo tiene el Congreso a punto tal que para restringir el derecho a protestar con instrucciones dirigidas a las fuerzas de seguridad, modificó leyes penales, procesales, derechos constitucionales y hasta las normas orgánicas policiales. El mecanismo de saltear al Poder Legislativo por distintas vías (como los DNU y resoluciones) es una constante del Gobierno nacional que no siempre encuentra freno.
 
El fallo de Cormick es categórico: "Bajo el ropaje de un Protocolo interno -dice-- y por medio de una Resolución Ministerial" "se regulan derechos constitucionales y convencionales" como el "derecho a peticionar a las autoridades (artículo 14 de la Constitución)", "el derecho de reunión (artículo 21 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos)" y se trastocan el "Código Penal" (el artículo 194 que al entorpecimiento del transporte) y el alcance de lo que se considera "flagrancia".
 
"El Ministerio asume, solapada pero efectivamente, competencias legislativas que no le son propias", advierte el juez. La declaración de nulidad implica que la resolución en cuestión (el protocolo) no se puede aplicar. El ministerio, ahora a cargo de Alejandra Monteoliva -alguien de suma confianza de Bullrich, continuadora de sus políticas-apelará y ahí se discutirá si ese recurso suspende el efecto de la sentencia. La apelación tiene tres días hábiles. Es decir, o apelan durante el día de hoy o salvo que pidan habilitación de feria y sea otorgada, pasa a febrero. De ser así, durante este mes, si hubiera protestas, no se podría aplicar el protocolo.
 
Ambas funcionarias se despacharon en sus redes sociales. "Sin protocolo no hay orden, hay caos", recurrió al eslogan habitual Monteoliva. "Un juez dictó una medida que intenta avanzar sobre el Protocolo Antipiquetes. Este avance responde a la vieja política que no quiere paz ni orden en la Argentina", agrega. Anuncia la apelación y alega que el protocolo tiene fundamentos "técnicos jurídicos y operativos", que en rigor es de lo que el magistrado dice que carece.
 
En su cuenta de "X" Bullrich puso una foto donde se ve una columna de manifestantes con banderas del Partido Obrero y PTS, un carril liberado y una hilera de policías paraditos sin hacer nada. Ya se sabe que lo habitual es la represión, incluso contra grupos vulnerados como los adultos mayores, niños y personas con discapacidad.
 
La actual senadora dice que el protocolo "fue validado por decenas de jueces". Es una frase engañosa, porque hasta ahora no hubo pronunciamientos de fondo. Es más, ella forzó el apartamiento del primer juez -Sebastián Casanello-- que dictó una cautelar alertando sobre la violación de estándares internacionales de derechos humanos.
 

NicoSal soluciones web

© Copyright 2009 LA OPINIÓN POPULAR – www.laopinionpopular.com.ar - Todos los derechos reservados.

E-mail: contacto@laopinionpopular.com.ar