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Internacionales - 14-06-2021 / 17:06
15 DE JUNIO DE 1215

En Inglaterra, Juan Sin Tierra firma la Carta Magna

En Inglaterra, Juan Sin Tierra firma la Carta Magna
Juan Sin Tierra firma la Carta Magna.
 
La Carta Magna  fue un documento aceptado por el rey Juan I de Inglaterra, más tarde conocido como Juan sin Tierra ante el acoso de los problemas sociales y las graves dificultades en la política exterior. Fue elaborada después de tensas y complicadas reuniones en Runnymede.
 
Después de muchas luchas y discusiones entre los nobles de la época, la Carta Magna fue finalmente sancionada por el rey Juan I en Londres el 15 de junio de 1215. Los nobles normandos oprimían a los anglosajones y estos se rebelaron en contra de los primeros. Los 63 artículos de los que consta la Carta Magna aseguran los derechos feudales a la aristocracia frente al poder del rey. 

 

La firma de la Carta Magna otorgó amplios derechos, al principio a la nobleza y más tarde a los ciudadanos de Inglaterra. Es uno de los antecedentes de los regímenes políticos modernos, en los cuales el poder del monarca o presidente se ve acotado o limitado por un consejo, senado, congreso, parlamento o asamblea.
 
Entre ellos estaba el derecho de la Iglesia a estar libre de la intervención del gobierno, los derechos de todos los ciudadanos libres a poseer y heredar propiedades y que se les protegiera de impuestos excesivos. Estableció el derecho de las viudas que poseían propiedades para decidir no volver a casarse, y establece principios de garantías legales e igualdad ante la ley. También contenía disposiciones que prohibían el soborno y la mala conducta de los funcionarios.
 
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Fue comparada con la Bula de Oro de 1222 sancionada por el rey Andrés II de Hungría. Similares circunstancias obligaron al monarca húngaro a elaborar un cuerpo legal donde otorgaba privilegios a la nobleza y reducía los del rey, convirtiéndose así la Carta Magna y la Bula de Oro de 1222 en los dos documentos más antiguos que fungieron como antecedentes para los sistemas políticos modernos y contemporáneos.
 
Procesos similares se habían producido con anterioridad en la península ibérica, en las Cortes de León de 1188 o en las Cortes Catalanas de 1192. Entre otras cosas exigidas, se pedía el favor de no pervertir el derecho, y se formó el derecho al debido proceso; también se separó la iglesia del Estado.
 
Fuente: Wikipedia

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