Entre Ríos - 19-12-2018 / 11:12
IRREGULARIDADES EN LA CONTRATACIÓN DE PUBLICIDAD
Presuntas negociaciones incompatibles: las defensas de Urribarri y Báez reiteraron la apelación del procesamiento y elevación a juicio hasta que se decida el desafuero
Los defensores del ex gobernador Sergio Urribarri y el ex secretario de Comunicación, Pedro Báez, reiteraron la excepción por falta de acción en el marco de la causa por negociaciones incompatibles con la función pública que investiga irregularidades en el manejo de la publicidad oficial durante la administración urribarrista.
En una audiencia que en la tarde de este martes presidió el Tribunal integrado por Gervasio Labriola, Gustavo Pimentel y Alejandro Grippo, los abogados Raúl Barrandeguy e Ignacio Díaz, defensores del ex gobernador Sergio Urribarri y el ex secretario de Comunicación, Pedro Báez, reiteraron la excepción por falta de acción en el marco de la causa por negociaciones incompatibles con la función pública que investiga irregularidades en el manejo de la publicidad oficial durante la administración urribarrista.
Los defensores plantearon nuevamente la apelación del procesamiento y la posterior elevación a juicio de la causa, hasta tanto se decida el desafuero de los legisladores. Desde la Fiscalía, Mónica Carmona y Gonzalo Badano, solicitaron que se rechace el recurso de apelación y plantearon que los fueros "no son un privilegio de los legisladores" y que ello no implica la imposibilidad de dar continuidad al proceso penal.
"En ninguno de los actos de este proceso se ha intentado someter a los legisladores en su libertad ni en su función legislativa" ni tampoco "se ha impedido ni se impedirá el desempeño como legisladores".
Junto con Urribarri y Báez está imputado el empresario Germán Buffa, titular de Global Means S.A., en un proceso judicial que se desarrolla por el viejo código procesal penal y que, desde la denuncia del ex legislador Jorge D'Agostino a esta parte, ya lleva unos cinco años de antigüedad.
La resolución del Tribunal se conocerá "por secretaría en el término que marca la ley". Sucede que según el nuevo código ese plazo es de hasta cinco días, pero la causa tramita por el viejo código de procedimientos el cual plantea un plazo de 24 horas, según explicó a este sitio el propio Barrandeguy.
El objetivo de la presentación de las defensas técnicas fue "mejorar el recurso de apelación" que ya fue rechazado por el juez de Transición Gustavo Maldonado. En ese marco, Barrandeguy planteó que "el funcionamiento del Poder Legislativo en el país y las provincias, durante las consideraciones de reformas constitucionales desde 1853, considera la protección para los integrantes del Poder Legislativo, y también con sus características para el Poder Judicial y el poder Ejecutivo".
En ese marco, puntualizó diversos artículos de la Constitución Nacional, con sus modificaciones y de las normas provinciales en relación a la inmunidad de opinión, la inmunidad de arresto y el desafuero, y cuestionó que "ciertas opiniones comunes que consideran que esta inmunidad de los legisladores desarrollan un canon de corrupción, de desvergüenza, de abuso, que por supuesto no es así".
Advirtió que respecto del desafuero de los legisladores en el caso de que se promueva en su contra la acción penal "se podría estar en presencia de un obstáculo para la acción penal por lo cual se reglamenta" y afirmó que se trata de "instituciones lógicas para defensa de la independencia, de la autonomía y del proceso legislativo".
Mencionó otro artículo del Código, el 197, que dispone que "cuando se formule un requerimiento fiscal contra un legislador el tribunal competente practicara una información sumaria que no vulnere la inmunidad de arresto" y resaltó que desde las defensas "hemos aceptado el auto de procesamiento, sin plantear en su contra ningún recurso, y que esta causa fuera remitida a juicio presentando el desafuero ante la Cámara de Diputados".
También planteó lo dispuesto por la ley 25.320 y afirmó que "hay un interés público predominante de que un legislador no use de aguantadero al Poder Legislativo y que un juez o un fiscal no usen para una persecución política los poderes que tienen ni para perseguir".
"Lo que la doctrina constitucional y procesal penal admitían sin ninguna clase de diferencia era que el desafuero no impedía el desarrollo de un procedimiento penal, podía darse que sin haber pedido el desafuero la causa transitara toda la instrucción formal o la investigación penal preparatoria y llegara a juicio sin haber pedido el desafuero del legislador. Lo que no se podía hacer en el viejo código, cuando el legislador era denunciado o querellado, era secuestrar, allanar, detener, demorar, ni indagar o citar a juicio. Se podía admitir la indagatoria si el legislador la aceptaba", reseñó.
Remarcó que desde la defensa se mantiene "una postura absolutamente institucionalista respecto de los juicios que se desarrollan en investigación de la criminalidad de los actos gobernantes" y recordó: "En este caso concreto al pedido de desafuero de nuestros defendidos también lo aceptamos".
"Algunos decían, y así salía en la prensa, que nosotros no queríamos el juicio político porque comportaba un escándalo y no queríamos el estrépito, sin embargo no dijimos absolutamente nada, la causa llega hasta el punto de desafuero y ahora la cosa es al revés; se dice que estamos interponiendo defensa de baja calidad o baja categoría para que el juicio político se demore. Nada de esto es así, hemos hecho una apuesta clara, decente y honesta del funcionamiento de las instituciones", apuntó.
También admitió que "en algún momento de esta causa, ahora o después, ha de darse cumplimiento al artículo 115, que plantea que la Cámara de Diputados, con los dos tercios de votos, podrá levantar el fuero del imputado y ponerlo a disposición del juez competente".
"Con estos antecedentes, admitimos que la causa fuera a juicio y admitimos la solicitud del desafuero, sin ninguna clase de presión de nuestra parte", reafirmó y recordó las distintas instancias judiciales de la causa en donde en una primera instancia se pidió la elevación a juicio solamente para uno de los imputados, el empresario Germán Buffa, quien no tenía fueros. Sin embargo, se decretó la nulidad de esa resolución para que la elevación a juicio incluyera a los tres imputados.
Cuestionó que se haya "declarado la nulidad de oficio, lo cual solamente a petición de partes se puede determinar" y consideró como "un alto grado de irracionalidad pedir el desafuero y luego volver para atrás, así como también haber decidido una nulidad de oficio sin habernos dado ninguna participación, ni habernos escuchado". Ante todo esto, pidió la confirmación de la revocación de la decisión.
El abogado Ignacio Díaz adhirió a lo dicho por su antecesor dado que "la situación de su defendido, Pedro Báez, es exactamente igual a la de Urribarri".
La postura fiscal
Dese la Fiscalía, Carmona dijo compartir "las elocuentes palabras de Barrandeguy" pero consideró que "tienen un alcance distinto" y afirmó que "no se han vulnerado en las resoluciones judiciales que indica el colega de la defensa, ni se violaron las garantías ya que la Cámara al dictar de oficio esta nulidad no ha hecho más que respetar las normas que son aplicables a este procedimiento".
En síntesis, solicitó que "se rechace el recurso de apelación" y si bien admitió que "no se puede discutir y ninguna de las resoluciones pone en discusión que los legisladores de la provincia de Entre Ríos son incoercibles, y que esa coerción se refiere a cualquier restricción de su libertad, por más mínima que sea pero no en relación a que puedan someterse a proceso".
"Entendemos que el articulo 115 plantea que el desafuero y poner a disposición del juez competente para su juzgamiento tiene que ver cuando el diputado no concurre voluntariamente al marco proceso para el que fue citado, pero los legisladores sometidos en este proceso penal se han presentado voluntariamente a la indagatoria, y por otro lado entendemos que no es para nada incompatible ni incongruente pedir el desafuero y que avance la investigación penal y el juzgamiento de los hechos", refirió la fiscal.
"Que haya quedado pedido firme la decisión de solicitar el desafuero no es incongruente con los avances del proceso sino que por el contrario es congruente con ello", resumió.
De todos modos, admitió que "lo que no se podrá hacer es compeler a los diputados a asistir al juicio, y esa garantía es incuestionable que sin el desafuero no se puede dar" y aseveró que "llama la atención el planteo que se hace en esta instancia".
Asimismo, aclaró que "de ninguna manera, en ninguno de los actos se ha intentado someter a los legisladores a una privación de su libertad, ni de su función como legisladores. La inmunidad que los protege constitucionalmente tiene que ver con el sentido de que no se obstaculice el accionar legislativo, y de ninguna manera se va a impedir ni se ha impedido el desempeño de su función como legisladores".
"En relación a la decisión del juez Maldonado si bien puede ser un tanto escueta se autoabastece y fundamenta con suficiencia en sí misma para completar todos los argumentos por los cuales entiende la decisión, y porque un tribunal superior se lo ordena y le marca una línea de acción", señaló.
Atento a estas cuestiones, pidió que "al no violarse los derechos como legisladores ni violarse ninguna de las garantías constitucionales como imputados, se rechace el recurso de apelación y continuar los autos".
Por su parte, Badano realizó un racconto de diversos autores que "interpretan a los fueros como inmunidad de arresto para permitir el normal funcionamiento de la legislatura pero no como imposibilidad de continuar el proceso de investigación".
Planteó el principio de igualdad ante la ley y sostuvo que "en tanto no sea necesario ejercer una medida de coerción personal de la libertad del legislador, el trámite debe continuar". En ese marco, recordó que "la Convención de las Naciones Unidas impone a los Estados parte investigar y sancionar los hechos de corrupción y la necesidad de buscar un equilibrio entre el funcionamiento de la Legislatura y la posibilidad de investigar y juzgar".
Agregó que "según la Corte Suprema de Justicia de la Nación la causa debe continuar hasta tanto sea necesario aplicar alguna medida de restricción de la libertad de los legisladores" e "incluso esta interpretación resulta respetuosa del Poder Legislativo provincial, permitiendo que los legisladores asistan a las reuniones y sesiones y desarrollen con tranquilidad tareas propias para las cuales fueron electas".
"A partir de estos argumentos entendemos que la suspensión o el archivo del proceso a la espera de las resultas del pedido de desafuero resulta contrario a la Constitución Provincial, a la Constitución Nacional y a las convenciones citadas por lo cual solicitamos que se rechace el recurso de apelación impuesto", concluyó.
La causa
La causa en la que deben responder inició en 2013 tras una denuncia que acusaba el uso de excepción y el pago previo, antes de la cotización, para publicidad, "violando las reglas de la contratación pública y el cotejo de precios, así como las reglas de la adjudicación directa, porque todos -los pagos- fueron de mayor valor". Entre las empresas beneficiadas con pauta y que no habría cumplido los requisitos básicos para su contratación se encuentra Global Means SA.
D´Agostino advirtió que el gobierno de Urribarri adjudicó 1.000.000 de pesos en publicidad a diarios y revistas, a los que no identificó y 500.000 pesos a Global Means SA, firma comercial con fecha de contrato social el 15 de agosto de 2011, con domicilio fiscal en La Plata, en Avenida 462, Piso 7, Departamento B, entre calles Agrelo y México.
Además, señaló que entre los medios más beneficiados con publicidad estuvieron el canal C5N (perteneciente al Grupo Indalo, cuyo ex dueño fue el empresario Cristóbal López), con 200 mil pesos; SA Entre Ríos (El Diario de Paraná), que percibió 271.000 pesos, y diario Uno (Vila-Manzano), con una cifra que ronda los 800.000 pesos.
Por Ayelen Waigandt
Fuente: Análisis Digital