Paraná - 18-10-2016 / 19:10
TERCERA CONDENA POR DELITOS DE LESA HUMANIDAD EN ENTRE RÍOS
El ex policía provincial Atilio Céparo fue considerado un eslabón del terrorismo de Estado y recibió 11 años de prisión
El ex policía provincial Atilio Céparo fue considerado un eslabón del terrorismo de Estado y recibió 11 años de prisión.
El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Paraná, condenó este martes al ex policía de la provincia, Atilio Ricardo Céparo, al considerarlo parte de la maquinaria estatal que asoló al país en tiempos de la última dictadura cívico-militar.
Céparo recibió 11 años de prisión, luego de ser juzgado como autor de privación ilegítima de la libertad, cometida en abuso de sus funciones y sin cumplir con las formalidades de la ley, agravada por el uso de violencia. También fue penado por la aplicación de tormentos, agravado por ser la víctima una detenida política. Ambos se cometieron en concurso real, configurando delitos de Lesa Humanidad, ocurridos en el marco del segundo genocidio nacional.
Se conoció de esta forma la tercera sentencia por delitos de Lesa Humanidad en Entre Ríos, y la primera que involucra a la Policía de la provincia como un eslabón más del terrorismo de Estado.
La jornada se puso un poco tensa cuando intervino un grupo que propinó algunos insultos a integrantes de organismos de Derechos Humanos. Pero el nerviosismo se disipó rápidamente con el alejamiento de esas personas.
Céparo volvió a la cárcel, porque el pedido de prisión domiciliaria aún no se resolvió.
Pasado el mediodía de este martes, el TOF integrado por Lilia Carnero, Noemí Berros y Roberto López Arango, retomó el debate en la causa contra Atilio Céparo para completar las réplicas y dúplica en los alegatos, y para dar el veredicto.
Como es habitual en los juicios por delitos de Lesa Humanidad, organismos de derechos humanos se instalaron desde las 12 frente al edificio de calle Urquiza, donde desplegaron sus banderas, tocaron bombos y cantaron, esperando la sentencia en la tercera causa que ventiló la actuación de la Policía provincial y precisamente de Céparo, en torno al secuestro de una enfermera del Sanatorio La Entrerriana.
Adentro, la sala de audiencias estuvo colmada de público, donde resaltó la presencia del diputado provincial Martín Uranga (FpV-Paraná) y el subsecretario de Derechos Humanos de la provincia, Matías Germano.
Céparo estuvo acompañado por sus hijas y un grupo de personas que ya se había presentado en las audiencias anteriores -portando carteles y banderas con consignas a favor de militares y policías con causas por delitos de Lesa Humanidad-. Este martes se limitaron a llevar escarapelas y una Bandera Nacional, pero luego del veredicto propinaron algunos insultos a militantes de derechos humanos.
Algunas mujeres de ese grupo levantaron la voz, enojadas por la condena. Dijeron que los derechos humanos "son un negocio" y que "la Lesa Humanidad no existe en Argentina". La tensa situación impulsó a la jueza Noemí Berros, aún adentro de la sala de audiencias, a pedirles que se retiren porque allí no aceptan agravios.
El grupo de personas salió hasta el hall de la entrada, donde mantuvieron un cruce de las mismas características. Una empleada del tribunal les pidió que se retiren del lugar y finalmente salieron a la vereda. Allí, integrantes de HIJOS y otras agrupaciones políticas cantaron "como a los nazis les va a pasar, a donde vayan los iremos a buscar", hasta que el grupo de personas se alejó definitivamente del tribunal.
Uno de los días de debate, otro suceso que resaltó fue la presencia del vocal del Superior Tribunal de Justicia, Bernardo Salduna, quien reservó un lugar en la sala de audiencias y se sentó junto a las hijas de Céparo. Cabe señalar que Emilio Castrillón, otro de los vocales del STJ es suegro de Céparo. Incluso el ex policía, hasta quedar detenido en el marco de esta causa, trabajó como chofer del STJ.
Las amenazas a testigos de la causa, con advertencias respecto del tono que aplicarían a sus declaraciones, fue uno de los acontecimientos más alarmantes. Dos testigos contaron en su momento que recibieron llamados telefónicos -uno de ellos atendió y luego de escuchar que quemarían su casa y ultimarían a su familia, presentó una denuncia en la Justicia de Gualegauychú-. El otro, un testigo clave en esta causa, contó que cuando comenzó a recibir llamados a su teléfono particular y observó que era un número con característica de La Paz, decidió no atender. Pero una hija de Céparo se presentó en su domicilio particular. El testigo tampoco le abrió la puerta.
Veredicto
Atilio Ricardo Céparo fue considerado "autor penalmente responsable de la privación ilegítima de la libertad, cometida con abuso de sus funciones, sin cumplir con las formalidades de la ley, agravada por la utilización de violencia; y del delito de aplicación de tormentos agravado por ser la víctima una detenida política. Ambos en concurso real, configurando los mismos, delitos de Lesa Humanidad, ocurridos en el contexto histórico de Estado que asoló a nuestro país, en el marco del segundo genocidio nacional cometido perpetrado entre los años 1975 y 1983".
En consecuencia, Céparo fue condenado a las penas de 11 años de prisión, inhabilitación absoluta y perpetua. Además se difirió el tratamiento de pedido de prisión domiciliaria para su resolución en el incidente respectivo. Se dispuso también la extracción de los testimonios de la víctima de esta causa, de (Marta) Brasseur, de (María Cristina) Lucca, de (Eduardo) Tissera y (Arturo) Fernández para su remisión junto a copia a la Fiscalía y Juzgado Federal de Paraná, conforme lo solicitaran los representantes de la querella.
Al pedido de investigación respecto de la participación y complicidad de otras personas en la privación ilegítima de la libertad y tormentos en perjuicio de la víctima, y la participación de Atilio Ricardo Céparo en una asociación ilícita, los jueces ordenaron que se interponga ante quien corresponda tal denuncia.
De esta forma, el veredicto dejó plasmado que el TOF no consideró los planteos de la defensa de Céparo, ejercida por José Esteban Ostolaza. Los jueces se ajustaron a los pedidos de la Fsicalía y la querella, no en cuanto a la cuantía de las penas solicitadas, pero sí en torno de los hechos endilgados al ex policía provincial. La sentencia completa se incorporará el miércoles 26 de octubre, a las 9.
"Esperamos que la sentencia sirva como reparación"
El fiscal General José Ignacio Candioti, valoró la condena. "El tribunal tuvo por acreditado no sólo la responsabilidad del imputado sino en la comisión de los dos delitos. Ha sido responsabilizado por la privación ilegítima de la libertad agravada por la utilización de violencia y por la aplicación de tormentos agravados. Es importante porque se receptó la postura de la acusación", destacó.
Candioti consideró que las pruebas "condenaban claramente al imputado". "En la audiencia hubo múltiples testigos que dieron cuenta de manera coincidente que los hechos habían sucedido y que Céparo había participado de los mismos. El testimonio de la víctima fue muy claro y contundente", agregó. "Estamos satisfechos y esperamos que con la sentencia condenatoria, donde se demuestra que la versión de la víctima no era mentirosa ni fabuladora, sino la verdad de los gravísimos padecimientos que sufrió, esperamos que sea una reparación después de tantos años", recalcó el fiscal.
"Creo que la jurisdicción de Entre Ríos no fue ajena al sistema de represión ilegal en toda Argentina, porque actuaron fuerzas combinadas: militares, de la Policía Federal, la Policía provincial y en algunos casos como Santa Fe, donde también estuvo involucrada la Gendarmería nacional. Ahora tres jueces, con grado de certeza y sin lugar a dudas, han establecido esto también", asentó. "Se seguirá investigando como dijeron los jueces y será saludable", acotó.
La Jefatura de Policía: otro centro clandestino
Para los abogados querellantes representantes de Hijos e Hijas por la Identidad y la Justicia, contra el Olvido y el Silencio (HIJOS), Marcelo Boeykens y Sofía Uranga, la condena a Céparo tiene otro sentido más allá del castigo al ex policía por secuestrar y torturar en el marco del terrorismo de Estado a una trabajadora entrerriana. Tal como lo expusieron en los alegatos y lo reiteraron en esta jornada, consideran que la Jefatura de Policía de la provincia fue un centro clandestino más de detención y tortura a militantes por motivos políticos, en el marco de la dictadura cívico- militar.
"No es como el imaginario cree, el centro clandestino de detención pudo haber sido un centro legal, como lo fue 'la casita del director' dentro de la Unidad Penal 1", marcó Boeykens. Mencionó en el mismo sentido a la sede de la Policía Federal en Concepción del Uruguay. "En Paraná no hubo una ESMA o una Perla, pero eso se corresponde con la proporción de la provincia. Actualmente se investiga la aplicación del modelo fordista para la tortura, que sí funcionaba en la ESMA y La Perla. Pero eso no pasó en Paraná, acá funcionó distinto. Por eso hubo tantos centros clandestinos de detención en Paraná: la casita de la Base, la escuelita Álvarez Condarco, la Comisaría Quinta, la Jefatura de Policía provincial o departamental, y la Comisaría Segunda, entre otros lugares", precisó el abogado.
Hechos
El 23 de septiembre de 1976, una enfermera del Sanatorio La Entrerriana fue secuestrada por tres policías a los que no puedo identificar. Fue trasladada a la Jefatura Central de Policía de la provincia, ubicada en calle Córdoba, y luego a la Comisaría Quinta. A Céparo lo identificó un hombre que estaba en el Sanatorio en el momento que se llevaron a la mujer. Lo conocía porque ambos vivían en La Paz.
La detención de la enfermera fue sin ninguna razón: no se comunicó el arresto a ninguna autoridad y tampoco se exhibió la orden de un juez. El secuestro se produjo al día siguiente de que una patota se llevara a una compañera con quien la enfermera compartía la vivienda.
La víctima permaneció en la comisaría del barrio San Agustín de Paraná hasta que Céparo volvió a buscarla y la trasladó nuevamente a la Jefatura. En la sede de calle Córdoba la enfermera lo reconoció porque el ex policía se identificó con su nombre. Allí la torturaron. La sometieron a un interrogatorio y le aplicaron la picana eléctrica. Estando en esa situación, la mujer también contó que se le corrió la venda de los ojos y pudo observar a Céparo.
La enfermera fue devuelta a la Comisaría Quinta. Contó que allí le dieron un trato especial y se sintió más protegida. Luego de unos días, nuevamente la fueron a buscar y la llevaron a la Jefatura de Policía. Después le reconocieron que con ella habían cometido un error y la dejaron en libertad. La mujer contó lo que había pasado apenas fue liberada. Lo relató a sus amigos y conocidos, lo contó en su lugar de trabajo y a una mujer que había sido docente en su carrera de Enfermería.
Años después, cuando las fuerzas armadas decidieron devolver la democracia, la mujer fue una de las primeras en denunciar ante la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos, conformada por una comisión bicameral, pero su denuncia nunca prosperó. En 2012, tomó la decisión y se presentó en la Justicia Federal, donde se inició la primera causa que involucró de lleno a la Policía provincial como engranaje del terrorismo de Estado en la provincia.
Por Natalia Buiatti, de Análisis Digital
Fuente: Análisis Digital