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Entre Ríos - 30-04-2015 / 10:04
REFORMA A LA LEY CASTRILLÓN

El Senado de Entre Ríos dio media sanción a los cambios en el Régimen Electoral Provincial: voto a los 16 años y cronograma de comicios

El Senado de Entre Ríos dio media sanción a los cambios en el Régimen Electoral Provincial: voto a los 16 años y cronograma de comicios
El Senado provincial dio media sanción a los cambios en el régimen electoral. Imagen archivo: Blas García para La Opinión Popular
 
Después del cuarto intermedio desde el mediodía hasta la tarde de este miércoles, la Cámara de Senadores continuó la sesión y trató el proyecto de ley del Poder Ejecutivo que introduce cambios en la ley 9659.
 
También se dio igual tratamiento al proyecto de ley que habilita a los ciudadanos a partir de los 16 años a votar en forma voluntaria, modificando la ley 2988. Por unanimidad se aprobó y se dio media sanción a los cambios en el Régimen Electoral Provincial.
 
Antes de aprobarla, el bloque debió corregir su redacción y pulir algunos artículos. Este jueves la trata Diputados que se reúne a media mañana.

 
La Cámara de Senadores dio media sanción este miércoles al proyecto de ley del Ejecutivo de reforma de la Ley Castrillón. El texto fue aprobado por el megabloque que, antes de tratarlo, pidió un cuarto intermedio para corregir su redacción y pulir algunos artículos al tiempo que se introdujeron cambios.
 
En esa tarea estuvieron también algunos diputados a fin de asegurar que el proyecto salga este jueves de la Cámara baja, tal como se aprobó.
 
Esta reforma, que fue dos veces prometida por el gobernador Sergio Urribarri, en las asambleas legislativas de 2013 y 2014 modifica las reglas electorales en Entre Ríos. Antes de mandarla a la Legislatura, Urribarri reveló que las PASO en Entre Ríos serán el 9 de Agosto y que las elecciones serán conjuntas con las nacionales.
 
El texto sancionado, establece, en su primer artículo, cambios a la denominada "Ley Castrillón" N° 9659, y  dice en forma textual: "Del Sistema Electoral. La Provincia de Entre Ríos adopta el sistema de elecciones internas denominadas en adelante primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias en todo el territorio provincial, en un solo acto electivo, de un solo voto secreto y obligatorio por ciudadano, aun en aquellos casos en que se presentare una sola lista, para la elección de candidatos a presentarse a las elecciones generales de autoridades provinciales, municipales y comunales, cuyo funcionamiento se regirá por la presente ley".
 
En el siguiente apartado se establece que las primarias "deben celebrarse el segundo domingo de agosto del año en que se celebren las elecciones generales para los cargos electivos provinciales."
 
En tanto, sobre las listas de candidatos se especifica que "una misma lista de diputados provinciales, como así también una misma candidatura a senador provincial, puede presentarse con distintas candidaturas de Gobernador y Vicegobernador de una misma agrupación política".
 
Lo mismo corre para las candidaturas municipales: "Una misma lista de concejales puede presentarse con distintas candidaturas de Presidente Municipal de una misma agrupación política".
 
En cuanto a las adhesiones de cada lista para poder participar de las elecciones primarias, se plantea el "uno por ciento del padrón de afiliados" como regla general para cargos provinciales y cargos municipales y comunales.
 
En el primer caso para Gobernador, Vicegobernador y Diputados Provinciales: uno por ciento del padrón de afiliados debiendo incluir -en dicho porcentaje y en igual proporción- la adhesión de afiliados de por lo menos 15 departamentos.
 
En tanto para senador, la adhesión debe cubrir el uno por ciento del padrón de afiliados al departamento. En lo que respecta a cargos municipales o comunales, el uno por ciento debe ser sobre los afiliados de la localidad correspondiente.
 
Y en línea con lo incorporado a nivel nacional, las PASO entrerrianas también incluirán  a las personas que cumplan 16 años de edad antes de las generales, previstas este año para el 25 de octubre.
 
Fuente: Recintonet

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