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Marciano Martínez advierte que se incurriría en dos delitos penales con la designación de Smaldone

Marciano Martínez advierte que se incurriría en dos delitos penales con la designación de Smaldone
El ex constituyente e integrante del Instituto de Derecho Penal, Procesal Penal y Criminología del Colegio de Abogados de Entre Ríos, Marciano Martínez, advierte que se incurriría en dos delitos penales con la designación de Smaldone. Foto archivo La Opinión Popular
El proceso de designación de Guillermo Smaldone para presidir el Tribunal de Cuentas de la provincia, que se formalizó este martes luego de que tome estado parlamentario su pliego en el Senado, abrió un abanico de críticas y consideraciones. Ex convencionales de diferentes fuerzas y sectores políticos cuestionaron en duros términos lo que implicaría una clara violación a la Constitución provincial al eludir el concurso que establece la carta magna reformada en 2008.

El ex constituyente e integrante del Instituto de Derecho Penal, Procesal Penal y Criminología del Colegio de Abogados de Entre Ríos, Marciano Martínez, se sumó al colectivo que se opone a la decisión del Poder Ejecutivo de impulsar al ministro de Trabajo como titular del órgano de control encargado de revisar las cuentas del Estado. Martínez entiende que "es un principio elemental que el poder controlado no pueda elegir a quien lo va a controlar. Esta razón tan simple ahora, es una conquista hecha luego de muchos años de impunidad administrativa", apuntó.
 
Desde la perspectiva penal, el nombramiento de un miembro del Tribunal de Cuentas sin el concurso previo estaría atrapado por dos figuras del Derecho Penal en concurso ideal: lo referido a la violación de los deberes de funcionario público que sanciona al funcionario que dictare resoluciones contrarias a la Constitución Provincial (artículo 218); y la condena que le cabe al funcionario público que propusiere o nombrare para cargo público a una persona en quien no concurrieren los requisitos legales (artículo 253). Ambos tienen la pena de multa e inhabilitación especial para ejercer la función pública.


El ex convencional e integrante del Instituto de Derecho Penal, Procesal Penal y Criminología del Colegio de Abogados de Entre Ríos, Marciano Martínez, sostiene que en la designación del ministro de Trabajo como titular del Tribunal de Cuentas se podría incurrir en la violación de los deberes de funcionario público. Página Judicial tuvo acceso a un documento en el que el reconocido penalista repasa artículos de la Constitución y el Código Penal. De esta manera se suma al colectivo de ex constituyentes que cuestionaron la decisión del Poder Ejecutivo.


Uno de los argumentos de los senadores que se aprontan para avanzar con la designación del ministro es que la Legislatura no ha reglamentado el funcionamiento del organismo en cuestión que prevé un concurso público y elección de una terna como lo manda la Constitución.


Sin embargo, para el convencional "la falta de una ley que reglamente el concurso no puede ser esgrimida por los senadores, ya que nadie puede argumentar su propia torpeza o desidia al no sancionar la ley que la Constitución ordena realizar". Como informó oportunamente este medio, un proyecto de ley, con media sanción de Diputados, duerme en el Senado desde 2009.


Ante esa falta de la Cámara alta de no dictar una reglamentación, Martínez repasa el artículo 281 de la Constitución, que dice: "La Legislatura sancionará las leyes orgánicas y las reformas a las leyes existentes que fueran menester para el funcionamiento de las instituciones creadas por esta constitución y las modificaciones introducidas por las mismas. Si transcurrido más de un año sin sancionarse alguna de estas leyes o reformas el Poder Ejecutivo quedará facultado para dictar, con carácter provisorio, los decretos reglamentarios que exija la aplicación de los nuevos preceptos constitucionales".


En consecuencia - sigue Martínez - "no hay razón alguna para que no haya reglamentación sobre el concurso".

 


Delitos penales

El ex convencional por un sector del peronismo sostiene que desde la perspectiva penal, el nombramiento de un miembro del Tribunal de Cuentas sin el concurso previo estaría atrapado por dos figuras del Derecho Penal en concurso ideal: lo referido a la violación de los deberes de funcionario público que sanciona al funcionario que dictare resoluciones contrarias a la Constitución Provincial o ejecutare las órdenes o resoluciones de esta clase (artículo 218); y la condena que le cabe al funcionario público que propusiere o nombrare para cargo público a una persona en quien no concurrieren los requisitos legales (artículo 253). Ambos tienen la pena de multa e inhabilitación especial para ejercer la función pública.


Smaldone asumirá el cargo sólo con acuerdo del Senado. La Constitución provincial reformada en 2008 establece en su artículo 217 que el presidente del Tribunal de Cuentas debe asumir "previo concurso público que la ley ordenará conforme a los siguientes criterios rectores: un jurado de concurso será convocado en cada caso por el Poder Ejecutivo el que designará su representante y asegurará la participación igualitaria de los sectores académicos, de las asociaciones civiles cuyo objeto principal sea la promoción de la transparencia y la ética en la función pública, con personería jurídica y domicilio en la Provincia y de las entidades representativas de las profesiones exigidas. Sus integrantes se desempeñarán en forma honoraria y elegirán una terna que será elevada al Poder Ejecutivo para su designación con el acuerdo del Senado".


El joven abogado, hijo del vocal del Superior Tribunal de Justicia, Juan Ramón Smaldone, único integrante del alto cuerpo nombrado por Sergio Urribarri, ya se había desempeñado en el organismo de control en su carácter de fiscal. De allí pasó a la cartera laboral. Ferviente militante de la reforma judicial que impulsó el gobierno nacional, el concordiense está enrolado en el colectivo Justicia Legítima, cercano al kirchnerismo.


Federico Malvasio
De la Redacción de Página Judicial


Fuente: Página Judicial

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